Institución
Real Audiencia de Aragón (1528-)Otras formas
1528
Órgano supremo y universal de la administración de justicia en el Reino de Aragón, que ejerce su función en nombre del rey y a costa del reino. Su vida puede haberse iniciado en el siglo XIV y su origen puede situarse en una derivación de la Cancillería real , cuando al canciller, vicecanciller o regente de la Cancillería, se les ha dotado de consejeros, doctores u oidores letrados para auxiliarles en la administración de la justicia, que han dado lugar a un consejo o audiencia. La presidencia corresponde al rey o, en su defecto, al lugarteniente general o al primogénito del rey, gobernador general. Desde 1528, ausente de Zaragoza el lugarteniente general o virrey, actúa el regente de la General Gobernación con el asesor; y, si virrey y regente de la General Gobernación están ausentes, actúa el asesor de la Gobernación con los consejeros.
Con el ascenso de la dinastía borbónica al trono español, y a raiz de las diversas reformas que se emprenden, la Real Audiencia se transformará siguiendo el modelo de las Chancillerías de Valladolid y de Granada, con un Regente y dos Salas: una civil, con cuatro ministros, y otra criminal, con cinco, además de un fiscal para ambas.