Pleitos de hidalguía
Pleitos de hijosdalgo
1442 - 1835
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-Pleitos de hidalguía propiamente dichos: Son procesos judiciales ordinarios en los que dos partes litigan para la obtención de una sentencia a su favor. En el caso de los pleitos de hidalguía, lo más común es que una de las partes sea una persona que reclama su condición de hidalgo tras ciertas actuaciones llevadas a cabo por un tercero (un concejo o un oficial de justicia) por las que no se reconoce dicha situación de privilegio (por ejemplo, ante su inclusión en el padrón de pecheros de un determinado lugar, ante la falta de reconocimiento de sus privilegios como hidalgo, etc.). En el caso de estos pleitos, al igual que ocurre con las demás agrupaciones de pleitos en las demás escribanías de la Chancillería, es posible diferenciar a su vez, en este caso a partir de los inventarios antiguos de las dos escribanías, una subdivisión entre pleitos fenecidos (aquellos sobre los que no caben más actuaciones y se ha llegado a expedir carta ejecutoria), pleitos olvidados (aquellos que han quedado en suspenso o pendientes de ejecutoria) y pleitos depositados (aquellos pleitos olvidados que eran transferidos al archivo del tribunal pero manteniendo los escribanos ciertos derechos de continuación de diligencias durante 10 años).
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-Expedientes de hidalguía o provisionales: Son expedientes por los que una o varias personas plantean a la Sala de Hijosdalgo su reconocimiento como hidalgos, presentando documentación justificativa que permite adoptar una resolución a su favor mediante la expedición de una real provisión de hidalguía. Esta es una práctica que surge a finales del siglo XVII, consolidándose en el siglo XVIII como sustitutivo de los complejos y largos pleitos (con un desarrollo procedimental paralelo a los expedientes de vizcainía que se venían gestionando en la Sala de Vizcaya).
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-Probanzas ad perpetuam rei memoriam: Son conjuntos de documentos que se presentan ante la Sala de Hijosdalgo, pero no constituyen pleitos ni expedientes de hidalguía en sí mismos, y su presentación ante el tribunal tampoco presuponen un reconocimiento de hidalguía para las personas que los presentan. Estos documentos (que generalmente contienen traslados de testimonios o documentos genealógicos) se presentan ante el tribunal con la finalidad de que puedan llegar a servir en algún momento futuro como prueba para el reconocimiento de la hidalguía de las personas que los presentan o de sus familiares, ante el temor de que se puedan llegar a perder esos testimonios o documentos.
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-Pleitos de alcabalas: Dentro de la agrupación de pleitos de hidalguía también es posible localizar pleitos litigados por agravios en el pago de las alcabalas, sobre todo cuando dichas causas pasaron a ser asignadas a los escribanos de la Sala de Hijosdalgo, al desaparecer los escribanos de alcabalas que las gestionaban.
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Español (Alfabeto latino).
FERNÁNDEZ CUESTA, Francisco. La documentación de la Sala de Hijosdalgo del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid: Proyecto de identificación y descripción. En: Actas del Congreso de Archivos Judiciales. Los Archivos Judiciales en la Modernización de la Administración de Justicia (Sevilla, 16, 17 y 18 de mayo de 2007). Consejería de Justicia y Administración Pública. Junta de Andalucía. 2007. pp. 663-673.