Cámara de Castilla
Predominan los siglos XVI y XVII
1323 - 1716
Fondo
Archivo General de Simancas 1. Fondos de Instituciones del Antiguo Régimen
La mayor parte de la documentación que constituye el fondo del Consejo de la Cámara tiene una procedencia orgánica y su ingreso en el Archivo se produce en numerosas remesas. Al igual que ocurrió con alguna documentación del Consejo Real, la parte más antigua recibida por Diego de Ayala presenta distintos orígenes; ya se trate de las entidades que actuaron como depósitos documentales primigenios a la constitución del Archivo General de Simancas (San Benito, de Valladolid, San Francisco de Burgos, etc.) o de archivos de particulares que jugaron un papel relevante. Así, por ejemplo, la parte más importante de los distintos ingresos que se produjeron a lo largo del siglo XVI fue la procedente de la casa del Comendador Mayor Francisco de los Cobos, que comprendían documentación de 1523 a 1556, así como más de 100 Libros de Cédulas, la parte más antigua de la serie. La documentación del siglo XVII presenta tres grandes entradas, que corresponden aproximadamente a los reinados del Felipe II (1613), Felipe IV (1636) y la última, relativa al reinado de Carlos II, tiene lugar en 1718, coincidiendo con el grueso fundamental del Archivo General de Simancas.
De origen impreciso en cuanto a fecha de su creación este organismo toma carta de naturaleza propia en su función: el ejercicio de la gracia, merced o, lo que es lo mismo, el reparto del privilegio: esencia del Antiguo Régimen. Segregada a este fin del Consejo Real, su consumación como órgano especializado en el despacho de estas funciones tiene lugar en el reinado de los Reyes Católicos. Las sucesivas instrucciones de que fue objeto con Carlos V, entre las que destacan las de 1528, la consolidan plenamente. La complejidad y acumulación progresiva de poder, que adquirió a lo largo del siglo XVI es clara expresión de su sutil función de distribución del beneficio en el mosaico de poderes compartidos de la monarquía castellana. A este fin y también para dotarla del armazón institucional, que el ejercicio de sus funciones exigía, Felipe II promulgará la Instrucción de 6-I-1588, la más relevante de su corpus normativo. Su estructura inicial fue muy simple; dos o más Consejeros, siempre miembros del Consejo Real y un Secretario real que resolvía las cuestiones de gracia, merced y patronato real. La reforma filipina (1588), que consolida definitivamente la Cámara como órgano consiliar autónomo, fija la plantilla en un Presidente (el mismo que el del Consejo Real), varios Consejeros y tres Secretarios; el de Cámara o gracia, el de Oficios de justicia y el de Patronato Real. Estas secretarías, definidas para racionalizar y separar el despacho de los distintos negocios, serán el auténtico armazón del Consejo. El siglo XVII no dejó huella en su estructura y, como en el resto de Consejos, será el XVIII el que marque un hito en su esquema organizativo al extender sus competencias territoriales a la Corona de Aragón ejercidas a través de una nueva Secretaría. La vida de la Cámara correrá pareja al Consejo Real y sus Secretarías serán objeto de fusiones y cambios al socaire del vaivén político y administrativo de este periodo. Fue abolida, como el conjunto del sistema polisinodial, mediante decreto del 24-III-1834. El abanico de competencias que secularmente asumió era tan amplio como extenso el contenido de la voluntad regia en el Antiguo Régimen. La gracia y merced comprendían desde la concesión de títulos nobiliarios, hábitos de órdenes, hidalguías, encomiendas, legitimaciones, naturalezas, oficios y beneficios civiles y eclesiásticos hasta el ejercicio extensivo del perdón. Sin olvidar el amplio marco de las licencias de fundación y modificación de mayorazgos, de impresión de libros, etc. En el marco de las Cortes, suya fue la convocatoria y el despacho de peticiones de procuradores.
TRANSFERENCIA
La parte más importante de los distintos ingresos que se produjeron en el siglo XVI procede de la casa del Comendador Mayor Francisco de los Cobos. La documentación del siglo XVII ingresó en el archivo en distintas transferencias procedente del órgano productor en los años 1613, 1636 y 1718.
Cámara de Castilla (España)
La principal función de la Cámara fue aconsejar al monarca acerca de la provisión de cargos eclesiásticos, de justicia y de gobierno así como sobre la concesión de gracias y mercedes.
Al igual que en el resto de Consejos, la documentación de este organismo responde a los dos grandes formatos: legajos y libros registro. Dentro del primero, y a diferencia de otros Consejos, la Cámara presenta una gran homogeneidad derivada, sin duda, de su propio origen: el despacho reservado y expeditivo de la gracia y merced. Ello dará origen a un expediente uniforme y, en general simple, iniciado a instancia de parte a través del memorial, al que acompaña documentación acreditativa de la merced solicitada.
Es pues la materia y la documentación testimonial las que marcan las diferencias entre los distintos expedientes dando a estos singular tipología. Algunos presentan mayor complejidad derivada de la progresiva contaminación de los vicios del proceso judicial ordinario (ej.: licencias de modificación de mayorazgos).
Las consultas de que son objeto los memoriales y las minutas de estas, constituyen series homogéneas de tipos documentales. La resolución final del expediente por vía de provisión o cédula, según las materias de que se trate, dará origen a los Libros registro.
Junto al expediente existen procesos vistos en la Secretaría de Patronato Real en cuestiones relativas a esta materia, que motivaron intereses enfrentados de parte.
Las visitas giradas a las instituciones más significativas civiles y eclesiásticas configuran un expediente singular con carácter de proceso.
La función primordial de provisión de oficios, cualquiera que fuera su naturaleza, generará una serie de títulos originales, rasgados una vez despachados otros a los sucesores en el cargo. La asunción puntual por parte del Consejo de la Cámara de la responsabilidad de distribuir la población morisca tras la rebelión explica la existencia de tipos documentales, en principio ajenos a este organismo, como son los padrones, vecindarios o correspondencia con corregidores, secretarios y figuras revelantes del ámbito político militar.
Como formas de registro de la fase resolutiva de lo despachado por Cámara se utilizaron dos sistemas, origen de los Libros de Relación y de los Libros de Cédulas. Los primeros constituyen un mero asiento de las provisiones o cédulas donde consta fecha, destinatario, autorizantes y gracia concedida. La provisión 'in extenso' habrá que buscarla en el Registro General del Sello y la cédula completa en los Libros de Cédulas, que aparecen perfectamente seriados, procedentes de las secretaría/s y tipificados según funciones o competencias de éstas.
El alcance de la documentación producida por la Cámara en su proyección histórica es inmenso para el estudio de la articulación del poder en el marco de la monarquía castellana. El reparto sutil del beneficio entre las principales fuerzas sociales: nobleza, iglesia, oligarquías locales, tiene en este fondo su mejor expresión.
A ello hay que añadir el amplio filón que ofrece a la historia de la ciencia (licencias de ingenios, minas, molinos, patentes, etc.), de las mentalidades y comportamientos colectivos a través del ejercicio del perdón o de las instituciones concretas, civiles o militares, analizadas a través de las visitas.
Documentos de titularidad estatal de libre consulta a todos los usuarios previa identificación personal.
La reproducción de los documentos está sujeta a la normativa vigente.
Principalmente castellano y latín en la documentación de la Secretaría de Patronato.Letras: humanística, cortesana y procesal.
Estado de consevación bueno. Documentación en papel tamaño folio y cuarto.
Bueno
La serie Diversos de Castilla, compuesta por 48 legajos, está digitalizada en soporte C D ROM y puede ser consultada en este formato en el Archivo General de Simancas. La subserie Libros del Reino de Navarra, que consta de 7 unidades de instalación, pertenecientes a la serie Libros Registro de Cédulas, está microfilmada, pudiéndose consultar en este formato tanto en el Archivo de Simancas como en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Navarra.
- DE DIOS, Salustiano. Gracia, Merced y Patronazgo Real: La Cámara de Castilla entre 1474-1530. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1993. 430 p.
- DELGADO BARRADO, José Miguel. "La Cámara de Castilla: Fuentes legislativas para un estudio institucional". En: Hispania LII/1, nº 180 (1992)
- ÁLVAREZ-COCA GONZÁLEZ, Mª Jesús. La Cámara de Castilla: Inventario de los Libros de la Secretaría de Gracia y Justicia que se conservan en el AHN. Madrid: Dirección de Archivos Estatales, 1993
-ESCUDERO, José Antonio. El Consejo de la Cámara de Castilla y la reforma de 1588. AHDE. LXVII. t. II. p.p. 925-941
Documentación fragmentaria generada por esta institución existente en otros fondos del Archivo: PATRONATO REAL: Patronato Eclesiástico. Mercedes Antiguas. Bulas y Breves. Patronato Real de Granada. Cortes de Castilla. Documentación complementaria siglo XVI y XVII: REGISTRO GENERAL DEL SELLO: Provisiones despachadas por el Consejo de Cámara SECRETARIA DE ESTADO: Corona de Castilla CONSEJO REAL: Consejo con el que mantuvo una interdependencia continua. CONSEJ O Y JUNTAS DE HACIENDA: Relación estrecha a través del establecimiento de arbitrios. Prueba de ello son los Libros Registro de Cámara de Contadores y Hacienda.