Cuentas de curadurías
Serie
Archivo Histórico de la Nobleza 2. Archivo de los Duques de Frías 2.1. Ducado de Frías 2.1.6. Marquesado de Cilleruelo ADMINISTRACION DE BIENES Y ARCHIVO
Ducado de Frías Fernández de Velasco, familia (duques de Frías)
Tutoría es la guarda que es dada e otorgada al huérfano de padre, menor de catorce años o a la huérfana menor de doce, que no se puede ni sabe amparar. El tutor se da principalmente para guardar a la persona y en consecuencia también para guardar sus bienes. Han de establecer escrituras de fianza con juramento. Están obligados a realizar un inventario de bienes del pupilo ante escribano público. Deben defender al pupilo en pleitos y no dejarlo indefenso, educarlo, alimentarlo, vestirlo, administrar sus propiedades, sin poder enajenar, empeñar o censar bienes raíces. Para ello cobran la décima de las rentas del pupilo en concepto de salario (en Castilla, no en Aragón). Al terminar el tiempo de tutela o curaduría, deben dar cuentas de la administración.