Conveniencia de hacer extensiva a Ultramar la prohibición de celebrar exequias de cuerpo presente
ULTRAMAR,4796,Exp.26
1872
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4796,Exp.26
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Gobierno de Cuba. Ministerio de Ultramar Beneficencia, Sanidad y Establecimientos penales. Gobierno de Cuba Sanidad Sanidad terrestre Expedientes de inhumación, exhumación y traslación de cadáveres
Ministerio de Ultramar (España)
De Real Orden comunicada por el ministro de Ultramar, se pide a los gobernadores superiores civiles de Cuba, Puerto Rico y Filipinas, que informen si consideran conveniente que se aplique en aquellos dominios la Real Orden de 8 de febrero de 1865 que prohibió la celebración de funerales de cuerpo presente en las iglesias donde se celebre culto.
Acompaña la "Gaceta de Madrid" de 1 de marzo de 1872, que inserta una Real Orden de 15 de febrero denegando la derogación en la Península de la disposición antes citada.
Expediente registrado en el año 1881 con el nº 111