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Archivo Ferroviario de la Depuración

Centro Documental de la Memoria Histórica

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Archivo Ferroviario de la Depuración

Fecha Formación:

1937  -  1981

Nivel de Descripción:

Grupo de Fondos

Código de Referencia:

ES./2

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Centro Documental de la Memoria Histórica

Contexto

Historia Archivística:

La documentación procede del Archivo Histórico Ferroviario (AHF) de la Fundación de los Ferrocarriles Españoles.

Ingresó en el Centro Documental de la Memoria Histórica en dos transferencias, la primera realizada el 14 de julio de 2011 y la segunda el 5 de julio de 2012.

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

El 24 de enero de 1941 el Gobierno aprobó la Ley de Bases de Ordenación Ferroviaria y de los Transportes por Carretera por la que todas las compañías de ancho ibérico que operaban en el Estado español fueron reunidas en una sola empresa estatal, la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles, RENFE. De las compañías nacionalizadas más importantes destacaban la Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España, la Compañía del Ferrocarril de Madrid a Zaragoza y Alicante (MZA) y la Compañía Nacional de los Ferrocarriles del Oeste. La Compañía de los Ferrocarriles Andaluces había pasado a control del Estado en 1936 mediante su integración en la de los Ferrocarriles del Oeste. Otras compañías de mucha menor importancia fueron la Compañía del Ferrocarril de Zafra a Huelva, la Compañía del Ferrocarril Santander - Mediterráneo o la Compañía del Ferrocarril Central de Aragón.

En 1949 se aprueba el plan Guadalhorce, Plan General de Reconstrucción y Reformas Urgentes, que recupera y refuerza la red y empieza la electrificación de la misma. Formaba parte del plan Guadalhorce la adquisición de nuevo material rodante: locomotoras, vagones y coches de viajeros. La puesta en marcha de los trenes TALGO son el icono de la modernización de los ferrocarriles españoles (primera línea: Madrid-Hendaya, inaugurada en julio de 1950). La reforma incluía la realización de Centros de Tráfico Centralizado y la automatización en la regulación del tráfico. Las inversiones se paran a principios de la década de 1960. Este parón hace que el Banco Mundial aconseje al gobierno español que vuelva a invertir en el ferrocarril.

En 1964 se aprueba el Plan Decenal de Modernización. Se renuevan las vías, se construyen estaciones de mercancías y se cambian las locomotoras de carbón por otras diésel y eléctricas, se elimina la tercera clase y se mejoran los sistemas de seguridad y comunicaciones. Dentro del plan está la incorporación de los viajeros, para lo que se invierte en integrar el ferrocarril en las ciudades.

En la década de 1980 se elabora un plan para ir cerrando las líneas económicamente no rentables, olvidando en gran medida la rentabilidad social del ferrocarril. En 1986 se aprueba el Plan de Transporte Ferroviario, que tiene como objetivo conseguir velocidades por encima de los 200 km/h, para lo que se realizan obras de mejora de las líneas.

En abril de 1992 se inaugura la primera línea de alta velocidad en España. Es la línea Madrid-Sevilla. El nombre de esta nueva infraestructura, que se construye con ancho de vía europeo internacional, es AVE, Alta Velocidad Española. El AVE llega a alcanzar los 300 km/h.

El Plan Director de Infraestructuras puesto en marcha en la década de 1990 con un plazo de ejecución de 15 años suponía el mantenimiento de la red básica y la extensión de la red de alta velocidad de ancho internacional. La siguiente línea que se abriría sería la de Madrid-Barcelona, a la que seguirían la construcción de la de Madrid-Segovia-Valladolid, con el túnel de la sierra de Guadarrama, y el ramal a Irún-Francia, que será conocido como la "Y" vasca, así como la unión de ésta con la línea de Madrid-Barcelona en Zaragoza. También se puede destacar la llegada del AVE a la Comunidad Valenciana atravesando Castilla la Mancha, así como la continuación por Andalucía llegando a Málaga.

En noviembre de 2003 se publica la Ley del Sector Ferroviario, que entra en vigor en 2005, acabando con el monopolio del transporte ferroviario vigente en España desde finales de la guerra civil. La aplicación de la ley implicó la creación del ADIF, Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, que será el encargado de administrar la gestión de la infraestructura y realizar las inversiones para la construcción de nuevas líneas.

Forma de Ingreso:

TRANSFERENCIA

Origen del Ingreso:

Los fondos ingresaron en el Centro Documental de la Memoria Histórica en virtud de un convenio de colaboración suscrito por el Ministerio de Cultura, ADIF y la Fundación de los Ferrocarriles Españoles

Fecha del Ingreso:

2011-07-14

Nombre del/los productor/es:

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias Red Nacional de Ferrocarriles Españoles

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Se trata de una serie documental conservada en el Archivo General de ADIF, formada por expedientes de depuración del personal ferroviario tras la Guerra Civil. Esta serie, con un volumen de 1122 cajas (280 metros lineales de estantería) contienen aproximadamente 200.000 expedientes además de 60.000 fichas relacionadas con los expedientes mencionados.


  


Comprende la documentación generada durante el largo proceso de depuración del personal ferroviario, consecuencia de las sucesivas leyes y disposiciones que desde el mismo inicio de la Guerra Civil dictó el Gobierno Franquista.


  


En el proceso, que se inicia ya en el mismo verano de 1936 y solo puede darse como concluido en 1976, se aprecian las siguientes fases de actuación en función de las distintas disposiciones gubernamentales.


  


En la fase inicial, se procede a realizar el control de los empleados de las distintas compañías ferroviarias que operaban en la llamada Zona Nacional, obligándoles a hacer una declaración jurada de su situación política el día 18 de julio de 1936, y solicitando informes de los ayuntamientos y de la policía; apenas unos meses después ( D.L de 13 de septiembre y de 3 de diciembre de ese año), se establece ya la separación definitiva del servicio para los empleados que se consideraran "desafectos" para con la llamada "causa nacional". Estas actuaciones se aplicaban de inmediato a las distintas áreas del territorio que paulatinamente fueron pasando del control del gobierno republicano al de los militares sublevados. Durante esta fase el control de los empleados se hizo directamente por las propias compañías en los diferentes servicios de gestión en que se estructuraban, si bien era competencia de la Jefatura Militar de Ferrocarriles la supervisión del proceso .


  


La siguiente fase se inicia con la Ley de 10 de febrero de 1939 de depuración de personal funcionario y el Decreto de 27 del mismo mes por el que se hacía extensiva esa depuración al personal de las empresas gestoras de servicios públicos al aplicarse a sus empleados las mismas normas que a los funcionarios. El artículo 3º del Decreto de 1 de septiembre de 1939 (BOE 9 de septiembre de 1939) confiere a los Consejos Directivos de cada una las compañías de los ferrocarriles la facultad de llevar a cabo la depuración del personal que aún no hubiera sido depurado. Se crean, así, las Comisiones o Juntas Depuradoras, que se organizaran de forma muy precisa aunque distinta en cada compañía y que tendrán el carácter de verdaderos juzgados. Como última instancia, los expedientes eran remitidos desde estas Comisiones Depuradoras a la Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes por Carretera, que era a quien correspondía la potestad de decidir en última instancia sobre la sanción del empleado. Todo el proceso fue tramitado por el personal propio de cada una de las compañías, designado por la Junta Depuradora.


  


En este momento, los expedientes que se estaban tramitando en la Jefatura del Servicio Militar de Ferrocarriles deberán ser enviados a la Junta Depuradora, quien los remitirá a las secciones para su estudio y propuesta de sanción.


  


Aunque se pidió la máxima celeridad en el proceso, al crearse RENFE a principios de 1941 aún no se había concluido. A partir de ese momento, todas las Comisiones o Juntas Depuradoras pasan a depender de la Secretaría General adjunta de RENFE, si bien la tramitación continúa siendo gestionada desde las secciones de las antiguas empresas. A partir de 1943 los expedientes que aun no se hubieran resuelto pasaron a ser tramitados por de Jefe del Servicio de Personal.


  


En general, el procedimiento a seguir fue el siguiente:


  


En las compañías donde el proceso ya se había iniciado en la época de la Guerra, se toma como base las declaraciones hechas en su día por los propios agentes (empleados) y el informe de sus jefes. Cuando se estime necesario se obtendrán declaraciones de otros empleados, merecedores de toda confianza, de los testigos aportados por el propio interesado, o de cualquier persona que se considere oportuno; también, si es el caso, de las autoridades públicas donde haya residido: Guardia Civil, Orden Público, Alcaldías, Falange... siendo obligatorio, al menos, uno de ellos. Con todos estos informes se elaborarán unos expedientes de cada empleado que serán remitidos a la Junta Depuradora con la propuesta de sanción o no sanción que se considere oportuna y de un informe resumen de los antecedentes.


  


El orden de remisión de expedientes será de preferencia para los agentes de reconocida adhesión a los principios del llamado "Movimiento Nacional", los que hubieran sido expulsados de la empresa o hubieran sufrido sanciones durante la República, seguidos de aquellos que no "demostraron deseo de convivencia con los elementos marxistas".


  


Las valoraciones de propuesta para cada expediente según los antecedentes que consten en él serán de:


  


1. Admisión sin sanción, si resulta comprobado que por su conducta el agente no es merecedor de castigo.


2. Imposición de sanción. Las sanciones pueden ser traslado forzoso, prohibición de solicitar cargos vacantes durante un periodo de uno a cinco años, postergación desde uno a cinco años, inhabilitación para el desempeño de puestos de mando o confianza... Todas ellas se pueden proponer aisladas o en conjunto, si las circunstancias lo consideran oportuno.


3. Separación definitiva del servicio.


  


Estas propuestas se harán con discreción y atendiendo a los antecedentes del agente, pero también de acuerdo con el carácter de sus funciones y a la conveniencia del servicio público de ferrocarriles.


  


Los sancionados pueden presentar solicitud de revisión de sanción, que serán tramitadas directamente por la Junta Depuradora y decidirán lo que corresponda a su tramitación.


  


Se hará copia de todos los expedientes que se remitan a la Junta Depuradora, para poder reconstruir los antecedentes si fuera necesario, y se hará un fichero en fichas individuales, ordenadas alfabéticamente, en las que consten los datos personales, cargo, fecha de remisión del expediente a la Junta y propuesta de resolución.


  


La siguiente etapa del proceso depurador se fraguó a partir de la Orden del Ministerio de Obras públicas de 24 de julio de 1950, por el que se autorizaba a RENFE a valorar las solicitudes de reingreso de los agentes separados de servicio en las primeras fases depuradoras.


  


Finalmente, tras las distintas leyes de amnistía de 1964, 1966 y 1976 se revisan o anulan las sanciones impuestas durante los años 40 y 50, y tanto los agentes como sus familiares pueden presentar suevas solicitudes de reconsideración de dichas sanciones.

Organización Contenidos:

Fondos:
* Compañía Nacional de Ferrocarriles del Oeste de España (Cajas 1 - 114)
- Presentes el 18 de julio en Zona Nacional (Cajas 1 - 65)
- Separaciones (Cajas 66 - 67)
- Reingreso con sanción (Cajas 68 - 81)
- No depurados (Caja 81)
- Libertad vigilada (Caja 82)
- Reingreso sin sanción (Cajas 83 - 100)
- Agentes fallecidos depurados (Caja 100)
- Pensionistas depurados (Cajas 101 - 107)
- Depuración zona nacional (Cajas 107 - 110)
- Depuración zona liberada (Cajas 110 - 111)
- Sesiones del Consejo Directivo (Cajas 112 - 113)
- Informes y correspondencia general (Caja 114)

* Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España (Cajas 115 - 584)
- Reingreso sin sanción (Cajas 115 - 293)
- Reingreso con sanción (Cajas 294 - 475)
- Separaciones (Cajas 476 - 525)
- Fallecidos (Cajas 526 - 533)
- Jubilados sin carácter sanción (Cajas 534 - 535)
- Jubilados con carácter sanción (Cajas 535- 540)
- No depurados (Cajas 541 - 543)
- Depuración (Cajas 543 - 544)
- Libertad vigilada (Caja 544)
- Readmisión con sanción zona nacional (Cajas 545 - 551)
- Readmisión sin sanción (Cajas 552 -584)

* Compañía de los Ferrocarriles de Madrid a Zaragoza y a Alicante (Cajas 585 - 822)
- No depurados (Cajas 585 - 591)
- Separaciones (Cajas 592 - 598)
- Reingreso con sanción (Cajas 599 - 680)
- Reingreso sin sanción (Cajas 681 - 806)
- Libertad vigilada (Cajas 807 - 812 y 814)
- Antecedentes y disposiciones zona liberada (Caja 813)
- Depuración en zona liberada (Caja 815)
- Depuración, normas y antecedentes (Caja 816)
- Sesiones Consejo Directivo (Cajas 817 - 822)

* Compañía de los Ferrocarriles Andaluces (Cajas 823 - 887)
- Separaciones (Cajas 823 - 827)
- Sesiones Consejo Directivo (Cajas 828 - 830)
- Reingreso sin sanción (Cajas 831 - 853)
- No depurados (Cajas 854 - 857)
- Reingreso con sanción (Cajas 858 - 884)
- Libertad vigilada (Cajas 885 - 887)

* Compañía del Ferrocarril Central de Aragón (Cajas 888 - 902)
- Separaciones (Cajas 888 - 889)
- Reingreso sin sanción (Cajas 889 - 896)
- Reingreso con sanción (897 - 901)
- Pensionistas (Caja 902)

* RENFE (Cajas 903 - 1087)
- Readmitidos (R) (Cajas 903 - 980)
- Jubilados (J) (Cajas 981 - 990)
- Desestimación (B) (Cajas 991 - 1025)
- Desestimación (BCM) (Cajas 1026 - 1040)
- Fallecidos (F) (Cajas 1041 - 1042)
- Excluidos (Cajas 1043 - 1046)
- Excluidos (E) (Cajas 1047 - 1053)
- Confirmar baja (Caja 1054)
- Depuración (Cajas 1055 y 1057 - 1072)
- Depuración agentes (Caja 1056)
- Eventuales libertad vigilada (Caja 1073)
- Viudas de las Matas (Cajas 1074 - 1087)

* Compañía del Ferrocarril de Zafra a Huelva (Caja 1088)

* Líneas extrañas (Caja 1089)

* Hojas de asistencia (Caja 1090)

* Varios (Cajas 1091 a 1120 y 1123 a 1153)

* Reformas Príncipe Pío (Caja 1121)

* Circular 447 / Papeles sueltos (Cajas 1122)

Condiciones de Acceso y Uso

Índices de Descripción:
Instrumentos de Descripción:
Estado de Conservación:

Bueno

Documentación Asociada

Notas de Publicaciones:

Archivo Histórico Ferroviario: "La depuración del personal ferroviario durante la Guerra Civil y el Franquismo (1936-1975): datos de un proyecto en marcha." V Congreso de Historia Ferroviaria (Palma de Mallorca, 2009). Madrid: Fundación de los Ferrocarriles Españoles. 2009. 1 CD-ROM.

Muñoz Rubio, Miguel: "La aplicación de la Ley de Responsabilidades Políticas en el ferrocarril español: un proyecto de recuperación de la memoria histórica." en 4ª Jornadas Archivo y Memoria (2009, Madrid). Madrid, Fundación de los Ferrocarriles Españoles. 2009. 1 CD-ROM.

Muñoz Rubio, Miguel: Los ferroviarios bajo "presunción de culpabilidad". La depuración franquista en el ferrocaril español, en Josefían Cuesta (dir.) La depuración de funcionarios bajo la dictadura franquista (1936-1975). Madrid, 2009.

Wais San Martín, Francisco, Historia de los ferrocarriles españoles. Varias ediciones.

 Notas

Notas:

Signaturas: AFD,1 a AFD,1153

Memoria del proyecto "La depuración del personal ferroviario en la guerra civil y el franquismo".
- Ejemplar en soporte papel: INCORPORADOS,1892,2.
- Ejemplar en soporte digital: SI,171.

Soporte y Volumen

1153 Caja(s) en Papel . 
60000 Ficha(s) en Papel .