Institución - Jurisdicción Central Aérea. Auditoría (España)

Jurisdicción Central Aérea. Auditoría (España)

Identificación

Tipo:

Institución

Forma autorizada:

Jurisdicción Central Aérea. Auditoría (España)

Fechas de Existencia:

desde 1939-09-05 hasta 1953-07-19

Historia:

El Ministerio del Aire

El Ministerio del Aire fue creado por la ley de 8 de agosto de 1939 por la que se modificaba la organización de la Administración Central del Estado. Por su parte, el Ejército del Aire fue creado por una ley de 7 de octubre de 1939.

La organización del Ministerio fue establecida provisionalmente por un Decreto de 1 de septiembre de 1939 y definitivamente por una ley de 12 de julio de 1940. Entre sus organismos centrales se encuentra la Asesoría Jurídica.

La jurisdicción aérea

La jurisdicción aérea se crea por una ley de 1 de septiembre de 1939. Será ejercida por un general destinado en el Ministerio del Aire, contará con una Auditoría y una Fiscalía y tendrá las mismas funciones que el Código de Justicia Militar de 1890 atribuye a las autoridades judiciales de región o distrito.

Su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional, incluyendo su espacio aéreo, y a todos los militares pertenecientes al Ejército del Aire.

Servicio Jurídico del Ejército del Aire

El Ejército del Aire contaba también con un Servicio Jurídico, cuya composición se regula por un Decreto de 15 de diciembre de 1939. De este servicio dependían la Asesoría Jurídica del Ministerio del Aire y las asesorías jurídicas de las regiones aéreas y las fuerzas aéreas del Atlántico, Baleares y Marruecos.

El mismo decreto establece también que el Servicio Jurídico del Ejército del Aire desempeñará funciones de justicia y asesoría en la Jurisdicción Central Aérea. Ésta contará con una Auditoría, una Fiscalía y una Secretaría de Justicia. La Auditoría y la Fiscalía tendrán las mismas atribuciones que el Código de Justicia Militar de 1890 señala para estos órganos.

Directamente dependiente del General Jefe de la Jurisdicción Aérea, la Secretaría de Justicia se encargará del despacho de todos los asuntos relativos a las competencias judiciales que la legislación le atribuya. Corresponderá también a la Secretaría de Justicia organizar los turnos de los consejos de guerra de todas clases y facilitar el personal de los consejos de guerra permanentes encargados de instruir los procedimientos de urgencia.

Los asesores jurídicos podrán asistir a los consejos de guerra como vocales ponentes o podrán ser designados inspectores de sumarios y jueces instructores cuando así lo determinen el General Jefe de la Jurisdicción Aérea o su Auditor.

El Cuerpo Jurídico del Aire fue creado por un Decreto de 15 de marzo de 1940.

Supresión de la Jurisdicción Central Aérea

La Jurisdicción Central Aérea fue suprimida por una ley de 17 de julio de 1953. Hasta ese momento la jurisdicción aérea estuvo centralizada en esa única institución, pero ahora la nueva ley confiere a los generales jefes de las regiones y zonas aéreas el carácter de autoridades judiciales y les asigna las mismas funciones jurisdiccionales que el Código de Justicia Militar de 1945 atribuye a las autoridades judiciales territoriales del Ejército de Tierra. Para el ejercicio de esa jurisdicción en cada región y zona aérea se crean una Auditoría, una Fiscalía y una Secretaría de Justicia.

Lugares

area jurisdiccional:

España

Conceptos/Objetos/Acontecimientos

pertenece a:

Justicia militar

pertenece a:

Jurisdicción militar

Normas/Atribuciones Legales

Relaciones

Relaciones jerárquicas :

Ejército del Aire  - Subordinada (Está integrada en)

Ver ascendientes

Documentos

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