Institución
Convento de Nuestra Señora de la Loma de Campillo de Altobuey (Cuenca, España)Otras formas
desde 1680-06-19 hasta 1835-09-22
El Convento de Nuestra Señora de la Loma fue fundado por fray Juan de Nicolás debido a la insistencia del médico de Campillo de Altobuey, Isidro Gil Ortiz, sobre la necesidad de un un hospicio en la localidad. Las Capitulaciones Fundacionales se firmaron el 19 de junio de 1680, pero debido a un pleito con los franciscanos de Iniesta, inicialmente los Agustinos Ermitaños sólo tenían autorización para establecer un hospicio de peregrinos y pobres. A pesar de la prohibición general de fundar nuevos conventos en España, el 27 de febrero de 1690 consiguieron licencia real (después de la intervención favorable de la misma Santa Sede) para convertirlo en un convento. El primer prior fue fray Mateo de la Encarnación y el subprior, fray José de San Eugenio. La construcción de la mayor parte de los edificios se debió a fray Pedro de San José (Pedro Ocaña). Las obras se terminaron en 1712.El convento pertenecía a la provincia agustina de Andalucía.
Los frailes se dedicaron a la atención espiritual de los lugareños y el alojamiento de caminantes, peregrinos y toda clase de devotos. Recorrían la comarca predicando la cuaresma, confesando y cuidando a moribundos. Igualmente, poseían una hospedería para ejercer tareas de socorro y caridad con los pobres, enfermos, heridos y accidentados que buscasen amparo. También se encargaron de cuidar el santuario de la Virgen de la Loma, de cuya imagen habían tomado posesión en julio de 1690. Entre 1797 y 1816 cobraron cierta cantidad por celebrar misa y ejercer la función de carrileros.
El convento sobrevivió a los conflictos del primer tercio del siglo XIX, pero fue suprimido por el Real Decreto de 25 de julio de 1835 debido a que tenía menos de 12 religiosos profesos. La entrega del convento se produjo el 22 de septiembre de 1835.
Real Decreto de 25 de julio de 1835 suprimiendo los monasterios y conventos de religiosos que no tengan 12 individuos profesos, de los cuales las dos terceras partes a lo menos sean de coro. BOE núm. 211, de 29 de julio de 1835, páginas 841 a 842.
PARES: Código de referencia: ES.28079.AHN/3.1.2.2.20//