Concesiones de hidalguía e infanzonía

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Concesiones de hidalguía e infanzonía

Nivel de Descripción:

Serie

Contiene:

Esta Unidad descriptiva contiene 2 unidades más

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre del/los productor/es:

Condado de Villagonzalo

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Desde la Baja Edad Media se dio este nombre en España a los infanzones o nobles de
segunda categoría. Aunque se empleó también para designar a los nobles pertenecientes a
la clase de los ricoshombres o magnates, su uso más específico se refería a aquéllos que
ocupaban el escalón más bajo de la jerarquía nobiliaria castellana. Quedaban así
distinguidos de los villanos o pecheros. En calidad de nobles, los hidalgos estaban
exentos de pagar cualquier tipo de cargas o tributos. Su carencia de fortuna, sin embargo,
les impedía compararse con los nobles pertenecientes a los peldaños superiores del
escalafón nobiliario: caballeros y nobleza titulada. Al igual que las concesiones de
escudos de armas, son privilegios en diversos formas por las que el Rey concede la
hidalguía (Castilla) o infanzonía (Aragón) a un individuo como premio a los servicios
prestados de forma hereditaria.
“Privilegio de Felipe III,