Derecho de la cera. Expedientes gubernativos y correspondencia.

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Derecho de la cera. Expedientes gubernativos y correspondencia.

Signatura:

ACA,REAL PATRIMONIO,BGRP, Cajas,161

Fecha Creación:

1816  -  Aproximada 1846

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.08019.ACA//ACA,REAL PATRIMONIO,BGRP, Cajas,161

Contexto

Historia Archivística:

 

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

 

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

 Carpeta 1: 1816-1845

- Sobre si se debe continuar entregando Antonio Bonet, escribano de la Intendencia, la parte de caudales del derecho de cera consignada al reintegro de lo que la Intendencia gastó en 1808 para construcción de tahonas (1816).

- Sobre nombramiento de escribano del Molino de San Pedro de Barcelona a favor de Mariano Buigas (1816).

- Antecedentes sobre el sistema que podría establecerse en el Molino de San Pedro (1817).

- El capitán general pregunta si ha de aplicarse el producto del derecho de la cera a favor de las obras del puerto de Barcelona (1818).

- Expediente sobre franquicia en el pago del derecho de cera concedido a José Estrada por doce cuarteras de trigo diarias (1818).

- Antecedentes sobre la deuda de Juan Coll, que fue encargado de la administración de los productos del Molino de San Pedro antes de 1816 (1819).

- Expediente instruido con motivo de la resistencia de los horneros y semoleros a pagar el derecho de cera (1820).

- Sobre que los productos del Molino de San Pedro de los meses de mayo a julio de 1820, se entreguen a la Hacienda Nacional, y los sobrantes al depositario de los Molinos Reales (1820).

- Antecedentes procedentes del Crédito Público sobre reclamación de los productos del Molino de San Pedro correspondiente al Real Patrimonio (1821).

- Sobre reposición del derecho de Cera que se cobra en los molinos de San Pedro y Santa Coloma (1824).

- Antecedentes sobre reclamación de los estados de productos de las 5/36 partes del Molino de San Pedro desde 1º de enero de 1821 (1824).

- Memorial de Gaspar Lleonart pidiendo una escritura de arriendo del molino para presentarla en una causa (1824).

- Antecedentes sobre reclamación de los estados de productos del derecho de cera desde 1º de septiembre hasta 4 de noviembre de 1824 (1825).

- El contador avisa de que el escribano del Molino de San Pedro continua cobrando 20 reales diarios a pesar de las reformas en los sueldos de los empleados de los Molinos Reales (1828).

- Sobre si el derecho de cera que se cobra en el Molino de San Pedro y de Santa Coloma por el trigo que en ellos se muele debe hacerse extensivo también a los demás granos (1829).

- El arrendatario da parte de negarse los particulares a su pago, con motivo de haberse quitado el real de ardites que se cobraba en las puertas de Barcelona por cada cuartera de trigo que se llevara a moler a los molinos extramuros de la misma (1830).

- Antecedentes sobre exposiciones hechas a S.M. por la administración de la Causa de Pedro Desvilar, la abadesa del convento de Santa Clara y el conde de Santa Coloma solicitando el cese de la exacción del derecho (1831).

- Antecedentes sobre que, al no haberse rematado el arriendo del derecho de cera, su exacción la lleve la Administración de los Molinos Reales (1831).

- Expediente instruido en vista de una reclamación de los administradores del Hospital General de Barcelona para que se les exima del derecho de cera por los trigos que llevan a moler al Molino de San Pedro (1832).

- Averiguación de cuantas cantidades se han molido desde 1º de enero a 1º de septiembre de 1835 (1839).

- Varios expedientes sobre el arrendamiento del molino y derecho de cera, que lleva Gaspar Lleonart (1845).

Carpeta 2: 1835-1846

- Reclamación de las 5/36 partes de los productos del Molino de San Pedro que percibe el Real Patrimonio (1835). Lleva unido un expediente (nº 147 del registro de 1819) sobre el sistema administrativo  del molino de San Pedro.

- Expediente sobre el origen, modo y forma en la exacción del derecho de la cera que debe verse en Junta Patrimonial .

- Ramon Sauri, abogado de Barcelona, solicita que se oficie al contador de hipotecas para que anote la cancelación de la fianza que prestó por el arriendo del derecho de la cera hecho por tres años a favor de José Camarasa (1846).

 

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