A los concejos de todas las ciudades, villas y lugares del Reino y a los arrendadores y fieles cogedores, para que no paguen maravedís algunos a otras personas, salvo a los receptores que fueren nombrados por los procuradores del Reino
RGS,LEG,147604,271
1476-04-09 , Madrigal
Unidad Documental Simple
ES.47161.AGS//RGS,LEG,147604,271
Real Cancillería de los Reyes de Castilla. Registro del Sello de Corte
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