Justicia
JUSTICIA
1515 - 1617
Sección
ES.41091.AGI/25
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A partir de 1575 la sala de Justicia del Consejo pasa a denominarse escribanía de Cámara de Justicia, y la documentación generada por esta sala se agrupan en el A.G.I. en la sección VI bajo la denominación de Escribanía de Cámara. El que documentación idéntica esté dividida en dos secciones obedece única y exclusivamente a la distinta procedencia de los fondos; los correspondientes a Justicia ingresaron en el A.G.I. el año de su fundación: 1785 y procedían del archivo general de Simancas, donde ya habían sido depositados desde el archivo del Consejo de Indias; los correspondientes a escribanía ingresaron en el A.G.I. el año 1790 procedentes del mismo archivo del Consejo de Madrid. Al estar divididos en dos secciones distintas el inventariado y la descripción de los fondos es también algo diferente, existiendo en Escribanía una clasificación por materias que no existe en el caso de Justicia, y en Justicia una diferencia entre los autos que se vieron directamente en el Consejo y los que vinieron al mismo remitidos en apelación de diferentes audiencias. Estos dos grandes grupos tienen a su vez otras subdivisiones. La primera parte responde al epígrafe: Autos remitidos en apelación al Consejo, y en ella aparecen los autos y procesos clasificados atendiendo a la procedencia de los mismos: las distintas audiencias, y los papeles procedentes de cada una de las audiencias están repartidos en 5 grupos atendiendo al tipo de proceso: La segunda parte responde al epígrafe:
Esta documentación responde a las funciones judiciales del Consejo de Indias, que, al igual que el de Castilla, actuaba a la vez como órgano de Gobierno y tribunal de Justicia.
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