Alcance y Contenido:
Nota sobre lo que disponen las cédulas de 17 de octubre de 1659 y de 23 de diciembre de 1622 acerca de las patentes de las órdenes que deben pasar por el Consejo declarando que los preceptos que tocan al gonierno interior, doméstico y ordinario de los religiosos no necesita otre intervención que la de sus prelados y superiores.