Aplicación de penas de cámara a propios de cabildos
BUENOS_AIRES,1,L.1,F.169V-170R
1546-09-10 , Guadalajara
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//BUENOS_AIRES,1,L.1,F.169V-170R
Real Cédula al gobernador del Río de la Plata y a los alcaldes ordinarios de la ciudad de Asunción, concediéndoles la mitad del importe de las penas de cámara para propios de esa ciudad, durante un periodo de diez años.