Auto acordado del Consejo de Indias sobre la razón que debe llevar el escribano de Cámara de Justicia de las sentencias, condenaciones, etc., ajustándolo exactamente a un libro al efecto.
INDIFERENTE,433,L.3,F.227R-228V [Signaturas anteriores]
1627-06-25 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//INDIFERENTE,433,L.3,F.227R-228V
Escribano de cámara del Consejo de Indias
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