Alcance y Contenido:
Expediente civil original a instancia del Muy Ilustre Señor don Luis de Romaní antes Escrivà y Camprodon baron de Beniparrell y de Argelita, etc. seguido por el Juzgado de la baronia de Argelita en el año 1802 sobre subrogación de cinco anegadas de tierra huerta de libre disposición en el referido señor baron sitas en el termino de dicha baronia en dos pedazos el uno de dos anegadas compradas de Francisco Cozoli y Josefa Guillem con escritura autorizada por Joaquin Tomas e Ibañez en 16 de Septiembre 1780 y el otro de tres anegadas que se compraron de Geronima Centellas mayor con escritura que autorizó el propio escribano Tomas e Ibañez en 17 de Septiembre 1783 y en 6 de noviembre de 1784 sitos ambos pedazos en la partida de la huerta baxa, en lugar de una casa con su huerto situado en el poblado de dicha baronia llamado comunmente el huerto seco de Palacio, recayente en el vinculo fundado por don Pedro Escrivà y Zapata. En cuyo expediente se demostró la utilidad y beneficio que resulta al dicho vinculo por la tal subrogación y en su consecuencia se declaró por el expresado tribunal ser mas útil al mencionado vinculo los dos pedazos de tierra que la casa con su huerto. En cuya virtud se otorgó la correspondiente escritura de subrogación ante Joaquin Tomas e Ibañez escribano de Argelita vecino de Ludiente en 22 de noviembre de 1802 de la quel se tomó la razón en el oficio de hipoteca de la villa de Villahermosa al folio 3º del ramo de Argelita en 10 de diciembre 1802 por Francisco Ximenez escribano, se aprobó por el citado juzgado eo por el alcalde de dicha baronia con acuerdo de su asesor que lo fue el doctor don Miguel Guiñot abogado vecino d'Onda y citación del sindico procurador general, y del personaro de la misma baronia