Alcance y Contenido:
Concordia entre Partes de Doña Josefa Català y Ferrer de una y de otra Domingo Castells y Llazer sobre el riego de las Tierras de la heredad de la Granja en término de Almusales, partida de la foya, por la que resulta que separándose dicho Castells de cierto pleito que seguía para poder regar ciertas Tierras suyas lindantes con dicha Heredad de la Granja y obligándose a seguir en parte a sus costas el que estaba pendiente caso que los colitigantes quisiesen continuarlo y siendo de cuenta de ambas partes el pago de los que en lo succesivo ocurriesen en la conservación o aumento de las aguas que sirven para el riego de las Tierras de ambas y de las azequias que las conducen se convino en que de cada ocho días pudiese aprovecharse de la agua la parte de Doña Josefa 5 días y la de Castell 3, ante Estevan Polegri, Escribano de Valencia, en 25 Junio 1761 Lio A I Número 1º en el Lío se hallan otras varias Escrituras que conducen a la posesión del Riego y propiedad del agua.