Negocios Notables. Asentistas de derechos de Generalidades del Reino de Aragón
ACA,CONSEJO DE ARAGÓN,Legajos,0058 [Signaturas anteriores]
1623 - 1700
Fracción de Serie-Unidad de Instalación
ES.08019.ACA//ACA,CONSEJO DE ARAGÓN,Legajos,0058
Ordenes reales y acuerdos del Consejo de Aragón sobre consultas y memoriales relativos a los asientos que se han de tomar para el sustento de la infantería y caballería del ejército de Cataluña (para el transporte y la provisión de brea, alquitrán, maderas de Pirineos, trigo, cebada, pólvora, granos, acémilas, mulas de tiro, pan de munición, carruajes, bueyes traídos de Francia, vacas, carneros, botas y espuelas) y también de maderas de Pirineos para la Real Armada, que han de correr a cuenta del Consejo de Aragón.
Contiene el asiento para la fabricación de una escuadra de ocho navíos por Jacome Marin, natural de Génova (1624); el traslado de unos cuadros recibidos de Roma para la Corona (1658); las desavenencias entre Juan Francisco de Miranda y Lorenzo Labastida sobre la provisión de la Armada Real (1678-1685) y un asiento de dinero para la Santa Cruzada (1694).
Incluye una consulta de los diputados de Zaragoza solicitando información sobre si los géneros que se sacan del reino para aprovisionar al ejército deben generalidades, vid. impreso: "Alegación en drecho y fuero por los ilustrísimos señores … Diputados del Reino de Aragón, en los años 1650 y 1651, en defensa de la mayor preeminencia que tienen las generalidades del reino, contra la exempción que pretenden los assentistas de Su Magestad". En Zaragoza, por los herederos de Pedro Lanaja, Impresores del Reyno de Aragón y de la Universidad, año 1651.
©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.
Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso
Digitalizado
Signatura antigua: 520-521.