Alegaciones fiscales del Tribunal de la Inquisición de Toledo

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Alegaciones fiscales del Tribunal de la Inquisición de Toledo

Fecha Formación:

s.XVII  -  s.XIX

Nivel de Descripción:

Subserie

Contiene:

Esta Unidad descriptiva contiene 260 unidades más

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Inquisición (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Subserie Alegaciones fiscales del Tribunal de la Inquisición de Toledo:
Legs. 3595 / 15
3719 / 75
3720 / 86-88; 90-94; 99-100; 106; 108; 110 y 112
3721 / 226-228
3722 / 105-194; 196; 199; 200; 207 y 210
3723 / 172-174
3725 / 116-122
3726 / 216; 218-225 y 242
3727 / 158
3728 / 294-296
3730 / 203; 294 y 347
3731 / 161-172
3732 / 282-303
3733 / 57 y 386
3734 / 274-288; 290-299 y 301-305
3735 / 357-366
3736 / 251-258
3739 / 103-112; 132 y 192-197
3740 / 70; 72-74 y 88
3742 / 7; 118; 121; 129-130; 166; 198; 201 y 207

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.

Condición de accesibilidad a las imágenes:

Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso

Estado de Conservación:

Bueno

 Notas

Notas:

Esta subserie de Alegaciones Fiscales está reseñada (p. 251-264) en el Catálogo de las mismas, cuya autora es Mª Natividad Moreno Garbayo, publicado por la Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural, en Madrid, 1977. Dicho catálogo está ordenado por tribunales y dentro de éstos, por subseries que siguen un orden cronológico, correspondiendo al Tribunal de Toledo los números de asiento 4196 a 4450. Ahora bien, hay que aclarar que, después de haber revisado y corregido todos los asientos del impreso correspondientes al citado Tribunal al mismo tiempo que se analizaba la documentación original, se ha optado por referirlos según orden de signaturas, sin tener en cuenta el tipo de alegación fiscal que era.

Soporte y Volumen

20 Legajo(s) . 
  262 Expediente(s) .