1.1.1.1. Señorío de Archidona

Identity statement area

Formal Title:

1.1.1.1. Señorío de Archidona

Reference number:

OSUNA,F.1,SF.1,SS.1,SSS.1

Level of description:

3ª División_en

Reference code:

ES.45168.AHNOB/1

Contains:

This unit of description contains 6 units more

Context

Biography / Administrative history:

En 1338 y 1361, respectivamente, las tropas de los reyes Alfonso XI y Pedro I devastaron la Vega de Archidona. En 1410, tras la conquista de Antequera, Archidona recibe a un buen número de sus pobladores. Durante el reinado de Juan II, el Condestable de Castilla don Álvaro de Luna, tras su incursión contra Granada, acampó en una dehesa archidonesa que linda con el término de Antequera y que por ello recibió el nombre de Dehesa del Condestable. Antes de la conquista se sucedieron algunos intentos infructuosos por tomar Archidona, tales como la severa derrota en 1434 de las tropas del Maestre de Alcántara, Gutiérrez de Sotomayor. Será don Pedro Girón, Maestre de la Orden de Calatrava, quien culmine en 1462 la conquista de Archidona, siendo el último defensor de ella el walí Ibrahim. Don Pedro Girón era hermano de don Juan Pacheco, celebre valido de Enrique IV, siendo ambos hijos de Alonso Téllez-Girón y María Pacheco, heredera de los Señores de Belmonte. Pedro Girón fue Maestre de la Orden de Calatrava y Señor de Osuna, de Ureña y otros importantes dominios. En 1463 el rey Enrique IV de Castilla donó la Villa a Alonso Téllez Girón, hijo del Conquistador, confirmando los Reyes Católicos la donación a favor de Juan Téllez Girón, en 1478. Pedro López de Pernia fue el primer alcaide cristiano de Archidona, la cual seguiría desempeñando un papel eminentemente militar, como cabeza de puente para sucesivas expediciones hasta la definitiva caída de Granada. De dicho periodo podría mencionarse, por ejemplo, la estancia del rey Fernando el Católico en Archidona en abril de 1487 para asistir a los Santos Oficios, durante la campaña de conquista de Vélez-Málaga. Archidona, villa señorial, comenzó a disponer de una organización administrativa para la gestión municipal que incluía cargos como los de Alcalde, Regidor, Jurado o Alguacil Mayor. Junto a ellos figuraban los representantes de los Duques de Osuna, Señores de la Villa: el Alcalde (Alcalde o Justicia Mayor, Corregidor), máxima autoridad, y el Mayordomo, administrador de bienes y rentas señoriales. También existió el cargo de Alcalde del Castillo. En 1562, Felipe II otorga a Pedro Girón, V Conde de Ureña, descendiente directo del conquistador de Archidona, el privilegio de ser Duque de Osuna. En 1568, Juan Téllez-Girón, II Duque de Osuna, se convertía en el I Marqués de Peñafiel, título usado habitualmente por el heredero de la Casa. Ya en el siglo XIX la autoridad señorial, a nivel general, se ve quebrantada como consecuencia del pensamiento liberal, de las leyes constitucionales y de los decretos de abolición de señoríos.

Acquisition method:

OTHERS

Name of the creator(s):

Ducado de Osuna

Content and Structure

Appraisal, destruction and scheduling information:

Documentación con valor histórico permanente.

Accruals:

0

Content Structure:

Organizado de acuerdo al Cuadro de Clasificación para Archivos Nobiliarios de La Sección Nobleza del AHN (Madrid, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2000), que se divide en las siguientes Secciones:

SECCIÓN 1- GENEALOGÍA, TÍTULOS Y MAYORAZGOS.
SECCIÓN 2- JURISDICCIÓN SEÑORIAL.
SECCIÓN 3- PATRIMONIO.
SECCIÓN 4- ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES.
SECCIÓN 5- PERSONAL.
SECCIÓN 6- PERSONAL: FUNCIONES DESEMPEÑADAS
SECCIÓN 7- PATRONATO DE OBRAS PÍAS
SECCIÓN 8- COLECCIONES
.

Conditions of Access and Use

General accessibility conditions:

©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.

Conditions of Access:

Consulta directa en sala de originales, de acuerdo a las normas internas y legislación vigente. Documentación sin restricciones de acceso.

Image accessibility condition:

Images/documents have no access restrictions

Conditions Governing Reproduction:

Copias de los originales en microfilme, fotocopia y fotocopia del microfilm, o diapositiva de acuerdo a los procedimientos, normas internas y legislación vigente.