Fundaciones de Vínculos y Mayorazgos

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Fundaciones de Vínculos y Mayorazgos

Nivel de Descripción:

Serie

Contiene:

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Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Las fundaciones de mayorazgo pueden haberse realizado en forma de escritura notarial o lo que es más habitual una cláusula del testamento. Sin embargo también se encuentran fundaciones de mayorazgo en los privilegios que conceden señoríos y/o títulos, como los concedidos por Enrique II de Trastámara. Por lo tanto deberán consultarse también las series : TESTAMENTOS Y CONCESIONES REALES DE JURISDICCIÓN TERRITORIAL.

Es raro el mayorazgo que no incluya una cláusula en la que, para impedir que el linaje se extinga o pierda el apellido, se imponga a los sucesores del mayorazgo el uso del apellido y las armas del fundador.

Incluimos en esta serie también las agregaciones de bienes a los mayorazgos. Los mayorazgos y vínculos en ocasiones precisan de la preceptiva licencia del Rey o facultad real, que suele incorporarse trasladada en la escritura de fundación. Para cualquier otro tipo de licencia de títulos y mayorazgos pero que no tienen que ver con sus fundaciones, véase LICENCIAS SOBRE TÍTULOS Y MAYORAZGOS.