Pragmática de Carlos [II] declarando que la propiedad y manutención, por parte de la nobleza, de fábricas de seda, paños, telas o cualquier otro tejido, no debía ser considerado en modo alguno, motivo de desprestigio para dichos señores, ni que por dicha causa deban verse afectados sus derechos señoriales, prerrogativas o inmunidades.
OSUNA,C.255,D.180
1682-12-15 , Madrid (Madrid)
Unidad Documental Simple
ES.45168.AHNOB/1//OSUNA,C.255,D.180
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