"Nueva Recopilación de las Leyes de Castilla ". Libro noveno

Identificación

Titulo Nombre Formal:

"Nueva Recopilación de las Leyes de Castilla ". Libro noveno

Signatura:

DIVERSOS-MESTA,352,N.1

Fecha Creación:

1723

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.28079.AHN//DIVERSOS-MESTA,352,N.1

Contexto

Forma de Ingreso:

COMPRA

Nombre del/los productor/es:

Concejo de la Mesta (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

"Tercera parte de las Leyes del reino". Contiene:
-"Índice de las pragmáticas y reales cédulas, cartas y provisiones que se contienen en este tomo tercero, publicadas desde el año 1640 hasta el año 1721"
-Libro nono.

Libro nono:

-De los Contadores Mayores, oidores de la Contaduría Mayor y oficiales de ella
-De las Ordenanzas de la Contaduría Mayor y la jurisdicción de ella
-De las diligencias que los contadores han de hacer en la administración de las rentas del rey y de las recetorías de ellas
-De los oficiales de la Contaduría Mayor
-De los contadores mayores de cuentas y sus oficiales
-Del arancel de los derechos que han de llevar el Mayordomo Mayor y contadores y todos los oficiales de la contaduría
-De la orden judicial en los negocios y pleitos de rentas reales
-De las rentas reales y de que ninguna persona las usurpe ni haga por donde vengan a valer menos
-De las condiciones generales con que se arriendan las rentas reales
-Cuales personas no pueden arrendar las rentas reales ni ser fiadores en ellas
-De los arrendamientos de las rentas reales por mayor
-De los arrendamientos de las rentas reales por menor
-De las pujas y prometidos
-De las fieldades y administraciones en que se ponen las rentas reales por defecto de arrendarse
-De cómo y a quien se han de librar las rentas reales y los maravedís situados
-De las pagas que han de hacer los arrendadores y fieles a los que en ellos fueren librados
-De las alcabalas y de los contratos y cosas de que se deben
-De que todas las personas son obligados a pagar la alcabala y de las personas y concejos que son exentos de ella y de las cosas de que no se ha de pagar
-De las diligencias que son obligados a hacer lo que deben alcabala y de las que pueden hacer los recaudadores de ella
-De las ferias y mercados francos
-De las tercias del rey
-Del arancel de los derechos que se deben al rey del almojarifazgo del arzobispado de Sevilla y Obispado de Cádiz
-Del arancel de los derechos del almojarifazgo del reno de Granada
-Del cuaderno de las leyes y condiciones que e han de guardar en el cobrar de el almojarifazgo y alcabalas del Arzobispado de Sevilla y Obispado de Cádiz por los arrendadores y almojarifes y recaudadores de él
-De las leyes y condiciones con que se arrienda el almojarifazgo del Obispado de Cartagena y Murcia
-Del almojarifazgo de las Indias y condiciones con que se arrienda
-Del servicio y montazgo y derechos pertenecientes al rey, de los ganados que van y vienen a los extremos y de los travesios y merchaniegos
-De los diezmos de los puertos de mar, de la provincia de Guipuzcoa y condado de Vizcaya
-De los diezmos de la mar de los puertos del reino de Galicia y Asturias y Cuatro Sacadas y Ribadeo y Navia
-De los derechos de la seda del reino de Granada y condiciones con que se arrienda
-De los diezmos de los puertos secos entre Castilla y Portugal
-De los derechos de las lanas que se sacan de estos reinos
-De la moneda forera
-De los proveedores de los ejércitos y provisión de la Casa Real, Corte, pósitos, alholíes, y otras cosas.

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

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Lengua y Escritura:

Español (Alfabeto latino). 

Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Manuscrito

Estado de Conservación:

Bueno

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

 Notas

Notas:

Encuadernado en pergamino.

"En Madrid: En la imprenta de Juan de Ariztía, se hallará en su casa, en la calle de Alcalá. Año 1793"

Soporte y Volumen

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