Manda que, si don Tomás Antonio Dávalos y Contreras y don Pedro Nieto Navarro falleciesen sin tomar posesión del cargo de gobernador y capitán general de la provincia del Paraguay -del que les hizo merced para suceder a don Antonio de Escobar y Gutiérrez o don Juan Nieto Navarro-, restituyan a los herederos o testamentarios del primero los 1.400 pesos, de a 8 reales de plata, de donativo que por él había servido.