Relación de auto de fe del Tribunal de la Inquisición de Logroño. 07-11-1610
INQUISICIÓN,L.835,Fol.340-355
1610-11-01
Fecha tomada de la carta enviada por el Tribunal al Inquisidor General
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN//INQUISICIÓN,L.835,Fol.340-355
-Procesados por brujería: Graciana de Barrenechea, Miguel de Goiburu, Estebanía de Iriarte, María de Iriarte, Estebanía de Nabarcorena, María Pérez de Barrenechea, María Juan, Martín Vizcar, María de Jureteguía, Juana de Telechea, Juanes de Goiburu, Juanes de Sansin, María Presona, María Chipia de Barrenechea, María de Echegui, Beltrana de la Farga, Juanes de Lambert, Juanes de Iribarren, María de Zozaya Aramendi, Juanes de Echegui, María de Echalecu, Juanes de odia y Berechea, Estebanía de Petri Sancena, María de Arburu, María Bastan de Borda, María de Echachute, Graciana Xarra, Petri de Joan Gorena, Domingo de Subildegui, Pedro de Arburu y Juan de Borda y Arbizu
-Procesado por morisco: Rodrigo Alexandre
-Procesado por protestante: Domingo González
-Proposiciones por judaizantes: Fabián Báez, Diego de Santacruz, Pedro de Bernardino, Juan de Bernardino, Juan de Medrano y Pedro Manrique
-Procesados por proposiciones heréticas: Felipe Miguel, Dionisio de Lerma, Juan Pérez de Ibarburu, Bartolomé Ferrer, Juan Ochoa, Francisco de Aguirre y Arese, Roque de Mendoza, Marcos de Ahedillo, Vicente de Laborarja, Diego Díaz, Catalina González, Pedro González de Troconiz y Francisco Ruiz de Mantilla
Contiene:
-Resumen descriptivo del origen de la "secta de brujos" y sus actividades
-Carta del Tribunal enviada al Inquisidor General remitiendo el resumen de la secta de brujos y la relación del auto de fe (01-11-1610)
-Carta del Tribunal enviada al Inquisidor General informándole de los trabajos realizados sobre dicha secta (31-10-1610)
-Carta del fiscal Isidoro de San Vicente al Inquisidor General, relativa a los antecedentes históricos de la secta de brujos (s.f.)
©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.
Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso