Orden a los corregidores de Sevilla, Jerez de la Frontera, Cádiz y otras ciudades del reino para que guarden y cumplan las dos cartas insertas, una de 6 de octubre de 1495 y la otra de 22 de junio de 1497, por las cuales se prohíbe la entrada de azogue de fuera de los reinos y se solicita información de las cantidades que han entrado y se han vendido.
RGS,LEG,150012,113
1500-12-03 , Granada (España)
Unidad Documental Simple
ES.47161.AGS//RGS,LEG,150012,113
Real Cancillería de los Reyes de Castilla. Registro del Sello de Corte
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