El secretario del Despacho de Hacienda de Indias remite al de Gracia y Justicia, para que se comunique a todas
las autoridades de Cuba, para su debido cumplimiento, copia de la Real Cédula de 17 de junio de 1829 que declara vendibles y renunciables los oficios de los juzgados particulares de dicha isla
ULTRAMAR,1608,Exp.44 [Signaturas anteriores]
1829 - 1830
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,1608,Exp.44
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Expediente registrado en el año 1830 con el nº 84