Causa nº 443/1934 instruida contra Francisco Largo Caballero, Diputado a Cortes y Secretario General de la Unión General de Trabajadores, po ...

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Causa nº 443/1934 instruida contra Francisco Largo Caballero, Diputado a Cortes y Secretario General de la Unión General de Trabajadores, por el delito de rebelión militar del 5 de octubre de 1934.

Signatura:

FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RECURSOS,113,Exp.443    [Signaturas anteriores]

Fecha Formación:

1934  -  1935

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN//FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RECURSOS,113,Exp.443

Contiene:

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Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

El 14 de octubre de 1934 el Juzgado de Instrucción Militar de Madrid abrió causa nº 460/1934 contra Francisco Largo Caballero por considerarle el principal dirigente del movimiento revolucionario iniciado el día 5 de octubre de ese año . Dada la situación de estado de guerra declarada por Decreto de 6 de octubre y de acuerdo con la Ley de Orden Público de 28 de julio de 1933 (arts.48-53), en principio la jurisdicción de guerra era la competente para conocer los hechos que se imputaban a Largo Caballero. Sin embargo, el Auditor de la Primera División se declaró incompetente en esta causa en auto de 17 de octubre ya que interpretaba que estaba vigente la Ley de 9 de febrero de 1912, la cual en el artículo 1 establecía que la Sala de lo Criminal (Sala Segunda) del Tribunal Supremo era la competente en el conocimiento de causas contra Senadores y Diputados, aunque tuvieran carácter de electos. Se produjo una situación de conflicto de competencias entre la jurisdicción militar y la ordinaria y, aunque la Sala Segunda del Supremo abrió causa con nº 443/1934, al poco tiempo se declaró incompetente debido a la situación de estado de guerra en el país, remitiendo de nuevo el expediente al Auditor en 2 de noviembre. Por ello, la instrucción de la causa fue realizada por el Juzgado Militar (causa nº 460/1934) y meses después, a petición del abogado defensor, Luis Jiménez de Asúa, se volvió a plantear la cuestión de competencia en la misma. Finalmente, el 7 de junio de 1935 por auto de la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo se declaró a esa Sala competente en la causa de Largo Caballero celebrándose el juicio oral en tres sesiones los días 25, 26 y 27 de noviembre de 1935 y dictándose sentencia absolutoria el día 30 de ese mes (causa nº 443/1934).

Nombre del/los productor/es:

Tribunal Supremo (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

La causa nº 443/1934 instruida por la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo consta de 1 pieza y contiene:
- Diligencias.
- Correspondencia.
- Informe del Fiscal sobre la apertura de una caja de seguridad de Francisco Largo Caballero.
- Auto de la Sala Segunda de lo Criminal del Tribunal Supremo declarando competente a la jurisdicción de guerra (28 de octubre de 1934).
- Recurso de súplica del Fiscal, Lorenzo Gallardo, para que se revoque el anterior auto y se declare a la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo competente en la causa en virtud de la Ley de 9 de febrero de 1912 (1 de noviembre de 1934).
- Auto de la Sala de lo Criminal confirmando el auto de 28 de octubre por considerar en suspenso la Ley de 9 de febrero de 1912 a causa de la declaración del estado de guerra el pasado 6 de octubre (2 de noviembre de 1934).
- Solicitud del abogado defensor de Largo Caballero en el que presenta la cuestión de competencia por inhibitoria de modo que la jurisdicción militar se inhiba en favor de la ordinaria (24 de febrero de 1935).
- Auto de la Sala de lo Criminal denegando la petición del abogado defensor.
- Nueva solicitud del abogado defensor solicitando que sea el Tribunal Supremo el competente en el juicio de Largo Caballero.
- Auto de la Sala de lo Criminal denegando la orden de que se abstenga la jurisdicción militar pero solicitando los antecedentes para resolver sobre la cuestión de competencia.
- Informe del Fiscal en el que dictamina que la Sala de lo Criminal es competente en la causa contra Largo Caballero al haber desaparecido el estado de guerra (28 de marzo de 1935).
- Auto de la Sala de lo Criminal declarándose competente en la causa de Largo Caballero (7 de junio de 1935).
- Auto de la Sala de lo Criminal declarando la terminación del sumario de esta causa (27 de junio de 1935).
- Solicitud del abogado de defensor en el que pide la concesión de libertad provisional o de prisión atenuada para Largo Caballero (1 de julio de1935).
- Auto de la Sala de lo Criminal confirmando la terminación del sumario y denegando la libertad o prisión atenuada para el acusado (12 de julio de 1935).
- Informe del Fiscal en el que solicita la pena de 30 años de prisión mayor y el pago de las costas procesales.
- Diversos autos de la Sala de lo Criminal relativos al procedimiento y aceptación de pruebas.
- Varios documentos del procurador de Largo Caballero, Alfredo Correa y Ruiz, en defensa del mismo y con las conclusiones provisionales y lista de testigos sumariales.
- Auto de la Sala de lo Criminal admitiendo todas las pruebas propuestas, señalando el 18 de noviembre de 1935 para el juicio oral.
- Cédulas de citación de los testigos y procesado.
- Auto de la Sala de lo Criminal señalando el 25 de noviembre de 1935 para el juicio oral debido a la dimisión del Fiscal Lorenzo Gallardo González.
- Actas del juicio oral celebrado en tres sesiones los días 25, 26 y 27 de noviembre de 1935.
- Certificación de la sentencia dictada el 30 de noviembre por la que se absuelve a Francisco Largo Caballero, ordenando su inmediata puesta en libertad.
- Minuta de la oficio de la Sala Segunda del Tribunal Supremo al Director de la Prisión Celular de Madrid ordenano la puesta en libertad de Largo Caballero (hoja suelta).
- Providencia por la que se ordena el archivo de las actuaciones previo paso por el Abogado del Estado (4 de marzo de 1936), por el que es visto en 10 de marzo de 1936.

La causa nº 460/1934, instruida por el Juzgado Militar de Madrid, fue utilizada como antecedente y sumario de la causa nº 443/1934, instruida por la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo, por lo que son complementarias. Signatura:
FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO, Exp.53

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Lengua y Escritura:

Castellano.Mecanografiado y manuscrito.

Estado de Conservación:

Bueno

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

Unidades Relacionadas por Procedencia:

FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO, Exp.53

Otras Unidades Relacionadas:

Véase FC-CAUSA_GENERAL,1565

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