Ejecutorias de hidalguía
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La real provisión que publicaba y ordenaba ejecutar la sentencia favorable por parte de la Real Chancillería quedaba archivada en la institución, debiendo el demandante realizar una copia a sus expensas, decorada con mayor o menor suntuosidad mediante miniaturas. En ellas fueron recurrentes las invocaciones sagradas a Cristo en el calvario y a la Inmaculada Concepción, que a finales del siglo XVI sustituye a las habituales representaciones de la Virgen con el niño. La imagen del santiago matamoros, en la batalla de Clavijo, santo guerrero, patrón de castilla y de España, llegó a ser tan recuente como la del mismísimo blasón familiar.
Hay litis entre las partes, litigio o contradicción, y su origen se encuentra en que el litigante ha sido incluido por el concejo en el padrón de pecheros y haberle sido reclamado el pago de tributos. el litigante se negaba a pagar y " le sacaban prendas". El litigante presenta su demanda, acompañada del testimonio de la prenda y del poder al procurador. Contradecían entonces el consejo y el Fiscal, obligándole a presentar las consiguientes pruebas. Por lo general estas pruebas se componen de:
-Declaraciones de testigos relativas a la posesión de la hidalguía de él y sus descendientes en los pueblos donde vivieran y la legitimidad y limpieza de su origen
-Testimonios de padrones
-Partidas sacramentales
-Reconocimiento de casas solares o capellanías
-Privilegios o concesiones de hidalguía
Se remata cuando finalizan los pleitos en todas sus instancias en la EJECUTORIA de HIDALGUIA, documento solemne que contiene la demanda, un resumen de las pruebas y la sentencia. Por lo tanto de cada ejecutoria de Hidalguía existirán dos ejemplares, la original que se conservará en la chancillería emisora (Valladolid o Granada) y la copia para el hidalgo.