Correspondencia de José Antonio Caballero, secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia con Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú: cartas nº 155 a 161.
LIMA,648,N.53
1805-11-23 , Lima - 1806-08-12 , San Ildefonso
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/24//LIMA,648,N.53
Secretaría de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia (España)
- Oficio de remisión e índice de las cartas del virrey nº 155 a 159 (Lima, 23 de noviembre de 1805). Ejemplar principal.
- Oficio de remisión e índice de la carta del virrey nº 160 (Lima, 8 de diciembre 1805). Ejemplar principal.
- Oficio de remisión e índice de la carta del virrey nº 161 (Lima, 23 diciembre de 1805). Ejemplar principal.
- Minuta de acuse de recibo (San Ildefonso, 12 de agosto de 1806).
Contenido de las cartas resumidas en el índice:
Ejemplares principales
Carta nº 155 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Incluye el cuadrante de diezmos del obispado de Guamanga correspondiente al año cumplido en 24 de diciembre de 1804 (Lima, 23 de noviembre de 1805)
Margen: no hay nada
Carta nº 156 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Con otro cuadrante del obispado de Trujillo en el semestre corrido desde 1 de noviembre de 1804 hasta fin de abril de 1805 (Lima, 23 de noviembre de 1805)
Margen: no hay nada
Carta nº 157 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Da cuenta de la donación hecha por Pablo Rodríguez Mendoza de una casa que posee en Chachapoyas para que sirva de hospicio a los religiosos misioneros de Ocopa pidiendo se le remunere este servicio con alguna de las subdelegaciones de este reino (Lima, 23 de noviembre de 1805)
Margen: no hay nada
Carta nº 158 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Informa que se halla establecida en Lima la vacuna antes de la llegada de la expedición que esta cerca de Guayaquil (Lima, 23 de noviembre de 1805)
Margen: "Falta este numero"
Carta nº 159 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Da cuenta de que ha nombrado a Domingo Azubialde para que sirva interinamente la subdelegación del partido de Aimaraes a propuesta del presidente del Cuzco que en testimonio acompaña (Lima, 23 de noviembre de 1805)
Margen: No hay nada
Carta nº 160 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Da cuenta de haber nombrado interinamente para subdelegado del partido de Panataguas de la provincia de Tarna al doctor José Larrea y Loredo, en virtud de propuesta de aquel intendente de que acompaña testimonio con la calidad de que no entre a servir el destino hasta que el que actualmente lo obtiene haya cumplido el sexenio señalado y 11 meses mas que estuvo separado de la judicatura por el motivo que se indica (Lima, 8 de diciembre de 1805)
Margen: No hay nada
Carta nº 161 de Gabriel de Avilés, marqués de Avilés, virrey de Perú, a José Antonio Caballero, Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia
Da cuenta con testimonio de haber nombrado al teniente coronel de milicias, José Balbonsin para que sirva interinamente la subdelegación del partido de Santa (Lima, 23 de diciembre de 1805)
Margen: "Falta"
Hojas 332-339
©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.
Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso
Digitalizado