Real cédula a Gaspar de Zúñiga y Acevedo [Velasco], conde de Monterrey y virrey de Nueva España, dándole instrucción para el gobierno de aquella tierra en 58 capítulos.
MEXICO,1064,L.3,F.69V-92V
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//MEXICO,1064,L.3,F.69V-92V
2- Que los religiosos que se mandan, a costa de la real hacienda, para la Nueva Galicia, la frontera de los chichimecas o las Filipinas no se queden en la Nueva España.
3- Que los prelados gobiernen sus provincias con cuidado y vigilancia.
4- Que se mantenga la paz en aquellas provincias.
5- Que se tenga acuerdo con los prelados y entre estos y los religiosos.
6- Que los prelados cuiden de que se hagan nuevos monasterios donde sea preciso.
7- Que los prelados cuiden lo que se dice desde los púlpitos.
8- Que se honre y provea a los inquisidores de México.
9- Que cuide de la conservación de los derechos del patronazgo real.
10- Que los religiosos de las distintas órdenes no tengan discordias.
11- Que, junto a los prelados y religiosos, cuide de que los clérigos de la doctrina de los indios aprendan las lenguas de los naturales y de que los indios aprendan la castellana.
12- Que ni encomenderos ni caciques impidan a los indios acudir a los monasterios a recibir doctrina.
13- Que favorezca al colegio que en la ciudad de México se cuida de los mestizos.
14- Que favorezca las casas que recogen a las indias doncellas.
15- Que cuide de la casa de México que recoge a las doncellas mestizas.
16- Que favorezca y provea los hospitales de la ciudad de México.
17- Que se cuide del buen tratamiento y conservación de los naturales.
18- Que se tasen los tributos de los indios.
19- Sobre la industria de la seda.
20- Sobre las plantaciones e ingenios de azúcar.
21- Que los ganados de españoles no interfieran con los labrantíos de los indios.
22- Que los ganados no ocupen buenas tierras de labranza.
23- Que se hagan pueblos de españoles para prevenir las invasiones, en especial de los chichimecas.
24- Para que, como presidente de la Real Audiencia de México, no ejerza voto en los asuntos de justicia y los deje a los oidores.
25- Que en el gobierno actúe libremente, pero que informe a los oidores.
26- Que nombre libremente a los corregidores, pero que busque el consejo de los oidores.
27- Que se guarden las leyes de aquella tierra y las ordenanzas de la Audiencia.
28- Que se cumpla el capítulo de las Nuevas Leyes, sobre que no ha de hacerse en ningún caso venta o traspaso de los pueblos de indios.
29- Que informe sobre las labores de paños.
30- Que no moren moriscos libres ni esclavos en aquella tierra.
31- Que se expulse a los frailes apóstatas y a aquellos que vayan sin licencia.
32- Que los oidores de las audiencia no puedan tener ganados, minas, casas, huertas ni comercio en sus jurisdicciones.
33- Que ni los presidentes, oidores, alcaldes del crimen o fiscales de las audiencias ni sus hijos, puedan casarse en sus distritos sin licencia expresa.
34- Que no case hijos, parientes ni criados en aquella tierra sin licencia.
35- Que se guarden en el archivo y se asienten todas las cédulas que se hayan mandado y manden a la Audiencia de México.
36- Que se guarde lo dispuesto sobre los bienes de difuntos intestados.
37- Que no permanezca allí ningún religioso o clérigo sin licencia.
38- Que no se creen oficios ni se aumenten salarios sin licencia expresa.
39- Que no libre cosa alguna de la Real Caja sin licencia expresa.
40- Que los escribanos de cámara y otros relatores de la Audiencia cobren según el arancel.
41- Que a final de cada año vea que una persona visite los registros de todos los escribanos públicos.
42- Que se informe del estado de la Casa de la Moneda de México.
43- Para que se prosigan y acaben las obras del puerto de San Juan de Ulúa.
44- Que no aumente la producción de paños en la ciudad de Los Ángeles al punto de afectar el comercio con España.
45- Que se prosiga con la reducción de los indios.
46- Sobre los casamientos de las encomenderas.
47- Que en el guión que lleve como virrey lleve las armas reales y no otras.
48- Que emplee a la gente ociosa en poblaciones y nuevos descubrimientos.
49- Que los casados cuyas mujeres no estén allí con ellos, sean enviados de vuelta.
50- Que se cuide de cómo se administra la justicia en las audiencias de aquella tierra.
51- Sobre el estado de la casa y aposento de las armas, municiones y artillerías.
52- Que se cuide de los reparos y seguridad de los caminos.
53- Que impida los abusos que cometen los religiosos con los indios.
54- Que cuide de las minas y que se busquen otras.
55- Que cuide de las rentas para la fundación y conservación de la armada.
56- Que no se permita que desembarquen pasajeros sin licencia.
57- Que no se permita el desembarco de extranjeros sin licencia, con la excusa de ir como marineros u otros oficios de los navíos.
58- Para que envíe relación anual de aquellos con más méritos, para ocupar beneficios eclesiásticos o temporales.
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