Real Orden de la Junta Central que declara que los reinos, provincias e islas que forman los dominios españoles en las Indias deben tener representacional nacional y constituir parte de la Junta Central Gubernativa del Reino, por medio de sus correspondientes diputados, y concreta el procedimiento que se debe seguir para su elección.
Forma parte de la serie de representaciones que desde América se dirigen a la Junta Central Gubernativa entre 1808 y 1809.
Signatura Origen: Este documento es uno de los que conforman el legajo ESTADO,54,D