Circular de 17 de noviembre de 1808 de la Junta Suprema a las juntas provinciales para que, dada la escasez de armas para las tropas españolas y la dificultad de traerlas de fuera de la Península, dispongan en los distritos de su jurisdicción que se empleen todos los maestros y oficiales de armeros, herreros y cerrajeros en hacer fusiles y bayonetas y que se obligue a los guarnicioneros y silleros que se ocupen en hacer sillas para uso de la caballería sin distraerse en otro trabajo.
Signatura Origen: Procede de ESTADO,8,A