Instrucción expedida por el Ministerio de Hacienda el 4 de abril de 1809, para que las alhajas y plata de las iglesias que no sean absolutamente necesarias para el culto se envíen a Sevilla, para evitar su saqueo por los franceses y aplicarlas a las necesidades del Estado, y Real Decreto de 6 de diciembre de 1809 en el que se reitera lo dispuesto en la anterior.
Estos documentos forman parte de una agrupación documental de la Sección de Hacienda de la Junta Central relacionada con la requisa por parte de la Junta para el mantenimiento de los gastos del Estado de los objetos de valor de las iglesias no necesarios para el culto.
Signatura Origen: Procede de ESTADO,47,B