Concepto/Objeto/Acontecimiento
DerechosTérmino preferente equivalente (otro idioma) Término no preferente
Derechos
17. m. Cantidad que se paga, según un arancel, por la utilización de cosas o servicios de una Administración pública, corporativa o privada.
Durante la edad media y moderna, la voz "derechos" se utiliza como sinónimo de "impuesto". Aunque hay cierta diferencia, mientras el impuesto es una participación tributaria obligatoria para el "Estado", los derechos, se pagarían por cobro de tasas, obligaciones o servicios públicos prestados o cedidos a terceros. Por ej. los Derechos señoriales, son aquellos que cobra el titular del señorío sobre el uso de determinados servicios (puentes, molinos, aceñas...) por delegación regia.
Diccionario de autoridades:
Derechos:
Se llaman los impuestos que están cargados sobre mercaderías, cosas comestibles, y demás que se comercian en el Reino, los quales se cobran para la Real Hacienda.
ESPASA: Enciclopedia universal ilustrada. Voz Derecho.
Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española