Real provisión para que se cumplan con quienes funden ingenios de azúcar en la isla de Cuba, lo dispuesto en dos provisiones de 15 de enero de 1529 y 28 de septiembre de 1534, para La Española.
SANTO_DOMINGO,1122,L.6,F.191R-192R
1595-12-30 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//SANTO_DOMINGO,1122,L.6,F.191R-192R
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