Expediente sobre competencia por término ultramarino
FILIPINAS,650,N.4
1781-05-12 , Manila (Luzón, Filipinas)
1782
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/22//FILIPINAS,650,N.4
- Carta nº 18 de José Basco y Vargas, gobernador de Filipinas, sobre la suspensión de una causa ejecutiva por haberle concedido la Audiencia término ultramarino a pesar de haberse negado a firmar como presidente. Acompaña: - Testimonios de los oficios que se dirigieron por el presidente en asunto de lo ocurrido con los ministros de la Audiencia, sobre haber negado a firmar como presidente un auto en que se concedió término ultramarino para probar derecho nuevo en causa ejecutiva contra los derechos de las temporalidades. Manila, 10 de mayo de 1781. - Informe del fiscal. Madrid, 3 de noviembre de 1782. - Carta de la Audiencia de Manila: Félix Quijada, Emeterio Cacho, Ciriaco González Carvajal y Manuel del Castillo Negrete acusando recibo de la cédula que desaprueba al gobernador el negarse a firmar el auto en que se concedió a deudores de temporalidades el término ultramarino. Manila, 4 de diciembre de 1783. Acompaña: - Testimonio nº 43 de la real cédula de 16 de diciembre de 1782 en que participa haberle desaprobado al gobernador el haberse negado a firmar el auto concediendo a varios deudores de las temporalidades el término ultramarino para la solicitud de la real orden que se expresa. Manila, 20 de noviembre de 1783. - Testimonio nº 43 de los autos seguidos por el administrador general de temporalidades contra los mercaderes que tomaron del caudal de obras pías dinero a corresponder para el puerto de Acapulco sobre el barco San Carlos que en el año 1776 fue incendiado estando en el puerto de Cavite y de pronto a emprender viaje al de Acapulco. Manila, 28 de noviembre de 1783.
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1781:- Nº 20 del inventario de Lorenzo Tomás Simonel. V. FILIPINAS,602