Expedientes de concesión de tranvías construidos por particulares

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expedientes de concesión de tranvías construidos por particulares

Fecha Formación:

1857  -  1898

Nivel de Descripción:

Serie

Código de Referencia:

ES./16

Contiene:

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Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

La Ley de Fomento de 23 de noviembre de 1877 aprueba el plan general de ferrocarriles tanto de servicio general como de particular. El Real Decreto de Fomento de 24 de mayo de 1878 aprueba el reglamento de la Ley de Ferrocarriles. Ambas se hacen extensibles a las provincias de Ultramar en 1880. En el artículo 69, se indica que se entiende por tranvías los ferrocarriles establecidos sobre vía pública. Las concesiones de tranvías se harán hasta un máximo de 60 años y serán mediante subasta donde se indicará el tipo de tarifas máximas o el plazo de la concesión. En el capítulo VII de su reglamento se desarrollan las formalidades necesarias pra la concesión de los tranvías

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

En todo proyecto de concesión de tranvías deberá constar:
-Memoria descriptiva
-Plano y perfil general, y los correspondientes planos de detalle. Si se atraviesan poblaciones o se establece sobre vías urbanas, se acompañarán de planos en gran escala de las calles por donde se dirija la línea y su posición respecto de las aceras y de las fachadas de las casas. -Pliego de condiciones facultativas que describan las obras. -Presupuesto. -Tarifas de precios por la explotación del tranvía, con un cálculo probable del rendimiento de la empresa

Condiciones de Acceso y Uso

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

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Soporte y Volumen

23 Expediente(s) en Papel .