Falso Consejo de Indias

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Falso Consejo de Indias

Signatura:

INDIFERENTE,432,L.47,F.144V-150R

Fecha Creación:

1711-02-09 , Zaragoza

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//INDIFERENTE,432,L.47,F.144V-150R

Contexto

Historia Archivística:

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Indias (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Real Cédula para que los Virreyes del Perú y Nueva España, presidentes, Audiencias, gobernadores, arzobispos y obispos recojan todos los despachos, de cualquier género, que hubieren sido expedidos por el falso Consejo de Indias, se cita a los que lo constituyeron, que formaron los enemigos mientras estuvieron en Madrid, y procedan contra sus poseedores y complices conforme a Derecho, enviando los Autos y procesos originales al Consejo de Indias y reservándose las copias.
- Para el Virrey del Perú.
- Para los presidentes de las Audiencias.
- Para las Audiencias.
- Para los gobernadores de los puertos principales.
- Para el Corregidor de Arica.
- Para el Corregidor de Piura.
- Para la Audiencia de las Charcas.
- Para el Gobernador de Tucumán.
- Para el Gobernador de Paraguay.
- Para el Gobernador de Santa Cruz de la Sierra.
- Para el Gobernador de Cartagena.
- Para el Gobernador de Santa Marta.
- Para el Gobernador de Maracaibo.
- Para el Gobernador de la isla de la Trinidad.
- Para el Gobernador de la Antioquia.
- Para el Gobernador de Popayán.
- Para el Gobernador de Buenos Aires.
- Para todos los Obispos.
Nota al margen: 'Este despacho fue impreso.' 'Generalisimo.'

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.

Condición de accesibilidad a las imágenes:

Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso

Soporte y Volumen

1 Documento(s) .