Real Cédula a Juan de Eguíbar, escribano, para que guarde y cumpla la cédula que se incorpora de 15 de octubre 1529 en la que se le ordena que todo lo que se despache ha de estar firmado al menos de dos oficiales de dicha Casa.
INDIFERENTE,1952,L.1,F.29R-30R [Signaturas anteriores]
1529-12-04 , Madrid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//INDIFERENTE,1952,L.1,F.29R-30R