Orden al gobernador sobre el pago de alcabalas
CARACAS,1,L.3,F.34R-34V
1600-08-31 , Valladolid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//CARACAS,1,L.3,F.34R-34V
las propias cosas y especies que se debiere y procediere.
(Al margen): 'La ciudad de Santiago de León. Vuestra majestad manda que las alcaualas se puedan pagar y paguen en la prouincia de Benezuela en la propia cosa y especie de que se deuiere y procediere la tal alcabala por la gran falta que en ella ay de oro y perlas y ser tierre pobre';