Declaración del ministro plenipotenciario de la República de Génova acordada con los ministros plenipotenciarios de Francia, España y Nápoles, sobre convenir en la mudanza del artículo XI del Tratado, firmado en Aranjuez en 1745, para obrar los abusos de fraudes, contrabandos e injustos asilos que pudiesen cometer las embarcaciones de comercio con bandera española, francesa o napolitana en los puertos, calas y playas de la República de Génova.
ESTADO,3368,Exp.43
1745-05-01
Unidad Documental Simple
ES.28079.AHN//ESTADO,3368,Exp.43
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Digitalizado
Hay seis ejemplares de esta declaración (expedientes nº 43-48) y hay una nota en cubierta que señala lo siguiente: " estos seis ejemplares se cancelaron a ruego del embajador de Francia que expresando no haber entendido su contenido cuadno los firmó e hizo las mayores instancias para poner esta Declaración según se lee en el original".