Privilegio dado por los alcaldes, alguacíl, veinticuatros caballeros y hombres buenos de Sevilla al Concejo y vecinos de su villa de Arcos de la Frontera (Cádiz), concediendoles diferentes franquezas, exención de tributos y cargas personales y jurisdicción propia en los asuntos civiles, en recompensa de los peligros y daños que exprerimentaban por su vencindad con los moros.
OSUNA,C.116,D.25-26
1379-01-20 , S.L.
Unidad Documental Compuesta
ES.45168.AHNOB/1//OSUNA,C.116,D.25-26
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MALO. EL DOCUMENTO 25
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