Alcance y Contenido:
Reitera la orden de que habiendo don Francisco de Retana, dueño de los navíos de que han de ir a Buenos Aires, depositado la cantidad que adeudaba por el exceso de las toneladas, y habiendo dado fianza de estar a derecho juzgado y sentenciado, se le suelte de la prisión dándole la ciudad y arrabales por cárcel, con apercibimiento de que acuda a la Cámara en el término de veinte días.