Libro de provisiones de dar estado conocido, tildar y sacar prendas, sobrecartas y prorrogaciones de término expedidas por la escribanía
REAL CHANCILLERIA, LIBROS,1264 [Signaturas anteriores]
1710
Inicios del año
Inicios del año
Unidad Documental Compuesta
ES.47186.ARCHV//REAL CHANCILLERIA, LIBROS,1264
Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Sala de Hijosdalgo. Escribanía de Ajo y Villegas
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (España) - Coleccionista
Se trata de un libro-registro de provisiones de dar estado conocido y tildar y sacar prenda, sobrecartas y prorrogaciones de término, expedidas por la escribanía de Francisco González Cacho de Villegas en la tramitación de los pleitos y expedientes de hidalguía.
Los procuradores de las partes solicitaban a la sala de hijosdalgo todos estos tipos documentales. De ahí que los asientos de los libros se estructurasen según los nombres de los procuradores de la Chancillería.
Asiento tipo:
- Parte central: asunto de la real provisión que se despacha.
- Margen izquierda: lugar de vecindad
Un auto de los alcaldes de los hijosdalgo de 3 de septiembre de 1709 sobre la obligación de los escribanos de los hijosdalgo de relacionar las provisiones reales de dar estado conocido y tildar y sacar prendas, reglamenta este tipo documental.
La sala de hjijosdalgo, además de cursar los pleitos de hidalguía y las provisiones ad perpetuam rei memoriam, tenía entre sus funciones dar curso a provisiones de dar estado conocido: cuando un hidalgo cambiaba de vecindad, debía justificar su condición de hidalguía para ser tratado como tal en el padrón del concejo al que iba a residir. También podía suceder que el interesado lo solicitara sin cambio de residencia o sin que se hubiera puesto en duda su hidalguía.
Por otra parte, en caso de que tras un litigio de hidalguía se reconociera la condición nobiliaria del demandante, éste solicitaba a la sala de hijosdalgo una real provisión de tildar rentas y sacar prendas, por la que el concejo en cuestión debía devolver las rentas en metálico o en especie que habría cobrado al hidalgo al haberle incluido en el Estado General
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