Comunicaciones con el Ministerio de Estado

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Comunicaciones con el Ministerio de Estado

Fecha Formación:

1834  -  1896

Nivel de Descripción:

Serie

Código de Referencia:

ES./16

Contiene:

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Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

El Real Decreto de 17 de mayo de 1854, deslindando las atribuciones del Consejo de Ministros de su presidente y de los demás ministerios en los negocios de Ultramar, disponía: "Se despacharán por la Presidencia de mi Consejo de Ministros todos los negocios concernientes a las provincias de Ultramar, excepto los que corresponden a los Ministerios de Guerra, Estado y Marina". Y sigue diciendo: "Por la misma Presidencia deberán dirigir sus comunicaciones a Ultramar los Ministerios de Guerra, Estado y Marina". Y así se mantuvo en el Real Decreto de 20 de mayo de 1863 de creación del Ministerio de Ultramar al decir en el preámbulo que quedan fuera de su área de acción algunos asuntos porque "subsisten las poderosas razones que segregaron de ella [la Dirección General de Ultramar] los ramos de Estado, Guerra y Marina,... que continuarán ahora dependiendo de los respectivos Ministerios". No obstante, estos Ministerios debían dirigirse a las autoridades de aquellas provincias a través del de Ultramar. La Real Orden de 20 de octubre de 1865, deslindando las atribuciones de los Ministerios de Estado y de Ultramar, dirigida a los gobernadores superiores civiles de Cuba, Puerto Rico y Filipinas, dice que, para esclarecer la inteligencia del artículo 2º del Real Decreto de 20 de mayo de 1863, se ha dignado resolver que: Art. 1º - Las autoridades superiores de las provincias ultramarinas elevarán a la resolución de S. M., por conducto del Ministerio de que dependen... todos los asuntos que se refieran a... la administración interior del país, aunque se refieran a extranjeros y hayan de ventilarse por el Ministerio de Estado, a quien competen las relaciones exteriores. En su Art. 2º dice que, en este caso, las autoridades remitirán al Ministerio de Estado copia de las comunicaciones, para su conocimiento, sin perjuicio de lo que el de Ultramar tenga por conveniente transmitirle. Y en el Art. 3º, dispone que la inteligencia directa de las autoridades superiores de las provincias ultramarinas con el Ministerio de Estado, se refiere a los casos de manifestación o reclamación por potencias extranjeras de asuntos verdaderamente internacionales, en cuyo caso, al mismo tiempo que la Ministerio de Estado, darán cuenta de todo al de Ultramar que tiene que entender en cuantos asuntos puedan afectar a la seguridad y gobierno de aquellas provincias.

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Contiene esta serie gran variedad de asuntos de que tratan los expedientes relativos a las relaciones de Cuba con otros países que de algún modo tuvieron presencia en la isla, como las denuncias y reclamaciones de los representantes de países extranjeros, comunicación de nombramientos de ministros plenipotenciarios o cónsules de España en otros países, convenios y tratados internacionales sobre límites, de paz, de comercio y navegación, de extradición o consulares; noticias sobre las colonias de otros países, sobre apoyo extranjero a los insurrectos de la isla, cargamentos de armas, levantamientos, falsificaciones de moneda.
Aunque las cuestiones de esclavitud debían resolverse por el Ministerio de Estado, se han hecho series específicas para contener los expedientes que tratan de esta materia. También se han puesto aparte los nombramientos de representantes extranjeros, para los cuales debía informar el capitán general de Cuba, y las condecoraciones de órdenes civiles que otorgaba el Ministerio de Estado a propuesta de la Sección de Personal del Ministerio de Ultramar.

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

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Índices de Descripción:

Ministerio de Estado (España)

Documentación Asociada

Otras Unidades Relacionadas:

Para completar el estudio de las relaciones entre los Ministerios de Estado y de Ultramar, deben consultarse las series de: Expedientes de concesión de honores, recompensas y distinciones Expedientes de denuncia de fuga de esclavos Expedientes de emancipación de esclavos Expedientes de petición de informes para la expedición del exequátur a cónsules y vicecónsules Expedientes de represión de la trata de negros

Soporte y Volumen

484 Expediente(s) en Papel .