Expedientes de ingreso en la Orden Civil de Beneficencia

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expedientes de ingreso en la Orden Civil de Beneficencia

Fecha Formación:

1859  -  1898

Nivel de Descripción:

Serie

Código de Referencia:

ES./16

Contiene:

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Contexto

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

El Reglamento de 30 de diciembre de 1857, aprobado por Real Decreto de la misma fecha, establece los requisitos necesarios para ingresar en la Orden Civil de Beneficencia. Por Real Orden de 11 de enero de 1858, se hacen extensivos a Ultramar estos Real Decreto y Reglamento. Otra Real Orden de 3 de septiembre de 1860, vuelve a marcar los requisitos para el ingreso en esta Orden Civil.

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Estos expedientes constan de: Oficio del gobernador general de Cuba remitiendo al Ministerio de de Ultramar el expediente que justifica los méritos del pretendiente, instruido por el Teniente Gobernador del lugar correspondiente o Gobernadores civiles de los Departamentos (este expediente debe quedarse en el Ministerio de la Gobernación porque no se conserva más que uno de éstos); minuta remitiéndolo al Ministerio de la Gobernación, por ser privativo de este ministerio resolver acerca de las propuestas de ingreso en esta Orden; Real Orden comunicada de este Ministerio, dictando la resolución; y minuta dando traslado al gobernador general de Cuba de lo resuelto.

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Índices de Descripción:

Beneficencia

Condecoraciones

Soporte y Volumen

100 Expediente(s) en Papel .