1.3.24. Señorío de la Algaba

Identificación

Titulo Nombre Formal:

1.3.24. Señorío de la Algaba

Signatura:

OSUNA,F.3,SF.24

Nivel de Descripción:

2ª División

Código de Referencia:

ES.45168.AHNOB/1

Contiene:

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Situación en el cuadro de clasificación del archivo

Contexto

Forma de Ingreso:

OTROS

Nombre del/los productor/es:

Ducado de Béjar

Ducado de Osuna

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

La Algaba (Sevilla) fue reconquistada por Fernando III en 1247 y cedida a su hijo Fradique, pero al morir éste volvió al poder real. Posteriormente, Fernando IV cedió La Algaba, entre otros terrenos (por ejemplo, Béjar), al infante Alfonso de la Cerda mediante una carta plomada, datada en Ágreda, el 10 de agosto de 1304, tras la renuncia de éste al trono de Castilla del que había sido despojado por su tío Sancho IV. Años después, La Algaba vuelve a manos del poder real, aunque en 1336, Enrique II la cede a su criado Gonzalo Sánchez de Campaniello. De éste, pasó a manos del almirante Fernán Sánchez de Tovar, después a su hijo Rodrigo de Tovar y a la hermana de éste Elvira de Tovar. Finalmente, dichas tierras de La Algaba fueron donadas por el rey Enrique II al I conde de Niebla, Juan Alonso Pérez de Guzmán el Bueno Osorio (1342-1396) y, según, el testamento de dicho rey, las donaciones realizadas por él debían constituirse en mayorazgo. La razón por la que este señorío aparece en la documentación de la Casa de Béjar se debe a la compra efectuada en 1388 de unas heredades, situadas en La Algaba, por parte de Diego López de Zúñiga, I señor de Béjar (aquí está incluida la heredad del Barco, que más tarde se nombrara).
No obstante, el señor de La Algaba era el I conde de Niebla. El 25 de abril de 1396 otorga una carta de obligación a favor de Juan de Zúñiga, con el que previamente ha fijado unas capitulaciones matrimoniales para casar a su hija Leonor de Guzmán, por la cual hipoteca la villa de La Algaba con su jurisdicción, rentas y término para asegurar 8.000 doblas de oro, de un total de 10.000, de la dote de su hija. En dichas capitulaciones, según aparece en la carta de obligación citada, se fijó como dote 10.000 doblas de oro, que debían entregarse en unos plazos determinados. Si estos plazos no se cumplían, se establecía como multa 50.000 doblas por cada día que pasara sin pagarse la dote. Además, para asegurar dicha cantidad, el conde de Niebla empeñó o hipotecó el lugar de La Algaba y la heredad del Vado de las Estacas. La carta de obligación establecía que dichas cantidades se pagarían con las rentas de La Algaba y, si con ellas no fuera suficientes, con el resto de bienes del conde. Aún así, si los pagos no se cumplían, Juan de Zúñiga tenía derecho a vender dicho lugar para conseguir las 8.000 doblas.
La peculiaridad de este acto es la elevada cantidad de dote fijada. Es extraño porque Leonor de Guzmán era una hija nacida de una relación extramatrimonial con Juana García de Valverde, mientras que el conde estaba casado con Juana Enríquez. No obstante, existe una carta plomada de Enrique III legitimando a Leonor de Guzmán, dada el 4 de noviembre de 1395. Por otro lado, Juan de Zúñiga, el futuro marido de Leonor, ostentaba el título de Guarda Mayor del Rey y era hijo de Iñigo López de Zúñiga, a su vez, hermano de Diego, I señor de Béjar. Cuando se concertaron las capitulaciones Juan de Zúñiga no aceptó, en un primer momento, el empeño de La Algaba y el Vado de las Estacas, alegando que dichos lugares fueron dados al Conde de Niebla por el rey Enrique II, cuyo testamento establecía que las donaciones por él hechas se deberían constituir en mayorazgo, y, por tanto, no se podían empeñar ni hipotecar. Por esta razón se solicita licencia al Rey para que autorice el empeño de dichos lugares. El 15 de abril de 1396 se expide un Albalá por Enrique III dando licencia al Conde de Niebla para poder hipotecar los bienes de mayorazgo que él considere, en especial La Algaba y el Vado de las Estacas.
El 4 de mayo de 1396 Diego González de Medina toma posesión de La Algaba, tal como se había concertado en la carta de obligación, para que, en nombre de Juan de Zúñiga, tome las rentas que servirán como pago de la dote. Dos días antes se había hecho la toma de posesión del Vado de las Estacas. Al año siguiente, el 13 de enero, Diego Martínez, alcaide de La Algaba, que había recibido la posesión de la villa por entrega de Diego González de Medina, otorga una carta de poder a favor de Diego Díaz de Cámara para que tome posesión y entregue las rentas de la villa a Juan de Zúñiga.
Sin embargo, los sucesores del I conde de Niebla no aceptaron el empeño de dichos lugares y pusieron en duda la legalidad de los actos documentales. Cuando el conde fallece el 5 de octubre de 1396, su segunda mujer, Beatriz de Castilla Ponce, tomó las rentas de La Algaba y despojó a Juan de Zúñiga de la tenencia de la villa. Ante esta acción, Juan de Zúñiga reclama ante el rey Enrique III. Éste contesta enviando una provisión real, con data de 9 de mayo de 1397, a los alcaldes y oficiales de la ciudad de Sevilla, mandando que se restituya la posesión de La Algaba a Diego González en nombre de Juan de Zúñiga. Seguidamente, el Alcalde Mayor de Sevilla, Martín Fernández, recibió carta del Rey para que celebrase juicio entre ambas partes. La defensa de la mujer del Conde de Niebla se basaba en negar la veracidad de la carta de obligación otorgada por el I conde de Niebla, el 25 de abril de 1396, aduciendo que La Algaba y el Vado de las Estacas no pudieron ser empeñadas porque le pertenecían a ella, ya que fueron entregadas como garantía del pago de las arras cuando se casó con el conde. Otro motivo que exponía para negar la veracidad de la carta de obligación es que dichos lugares no se podían enajenar, salvo a los hijos legítimos, del mismo modo, alegaba que el conde no pudo prometer dicha cantidad de dote porque tenía dos hijos legítimos, mientras que Leonorera nacida fuera del matrimonio. La prueba que presentó Beatriz en el pleito era una carta de obligación, con data de 25 de agosto de 1390, otorgada por el I conde de Niebla a favor de su mujer, por la que asegura el pago de las arras en ciertos bienes, entre ellos, el Vado de las Estacas. Finalmente, el 20 de julio de 1397, el juez pronunció sentencia favorable a Juan de Zúñiga confirmando la posesión de La Algaba y reteniendo en su poder el Vado de las Estacas. El alguacil de La Algaba, recibió la carta de sentencia el 27 de julio y restituyó la posesión en Diego Díaz de Cámara, que la tomó en nombre de Juan de Zúñiga.
A pesar de la sentencia, la condesa de Niebla volvió a La Algaba y destituyó, de nuevo, a Diego Díaz. Aunque Juan de Zúñiga falleció, no se conoce exactamente el año, entre 1397 y 1399, su mujer Leonor de Guzmán protestó ante el rey. El 6 de julio de 1399 una provisión real de Enrique III manda a los alcaldes y alguaciles del Concejo de Sevilla que obedezcan la sentencia dada por el Alcalde Mayor de Sevilla a favor de Juan de Zúñiga y restituyan y defiendan la posesión de La Algaba a favor de Leonor. De este modo, obedeciendo al Rey, entregan la posesión de la villa a Sancho de Vargas, criado y procurador de Leonor. Pero éste es destituido de la posesión, siendo entregada a Juan de Guzmán, un hijo de la condesa de Niebla. De nuevo, Leonor vuelve a querellarse ante el Rey y éste envía, el 25 de abril de 1400, a los alcaldes y alguaciles del Concejo otra provisión real mandando que se cumpla la provisión de 1399 y se entregue a Leonor lo que ha rentado la tenencia durante el tiempo que ha sido tomada por la condesa de Niebla; también manda a la condesa y a su hijo Juan que no tomen por la fuerza La Algaba. Obedeciendo dicha provisión, el Concejo de Sevilla comunica a Juan, hijo de la condesa, a través de un albalá de mandamiento [sic] con fecha 17 de julio de 1400, que debe desocupar La Algaba, ya que pertenece a Leonor, mujer de Juan de Zúñiga, y obedecer las provisiones reales expedidas. Nuevamente, el 22 de julio de 1400, Sancho de Vargas toma posesión de La Algaba en nombre de Leonor.
Juan de Zúñiga había fallecido, pero había dejado como heredera una hija Elvira de Zúñiga. Su madre volvió a casarse con Pedro González de Mendoza, pero Elvira, todavía menor de edad, no tenía tutor. Por este motivo, el tío de su padre, Diego López de Zúñiga, I señor de Béjar, se ofrece como tutor de su sobrina (así la llama, aunque realmente el sobrino fue el padre de Elvira) y el 12 de agosto de 1402 tiene lugar el nombramiento.
En cuanto a La Algaba, según la documentación , fue vendida, por 14.000 doblas, en pública almoneda en Sevilla, a petición de Diego, como tutor de Elvira. El comprador fue Juan Gómez de Herrera, criado de Diego. Juan tomó posesión de la villa el 29 de julio de 1406 y el día 30 del mismo mes, otorgó una carta de cesión y traspaso a favor de Diego del lugar de La Algaba (Sevilla). El mismo día tomó posesión Ferrán Yáñez, mayordomo y procurador de Diego, en su nombre.
Por otra parte, entre los años 1405 y 1406, se expidió una provisión real de Enrique III informando a Juan Alfonso de Toro, corregidor de Sevilla, que confirma a Diego López de Zúñiga, tutor de su sobrina Elvira, la dote de 10.000 doblas moriscas, que éste había denunciado por no ser pagadas.
El año 1407 no está presente en la documentación , pero a partir de 1408 se registran varios actos documentales. Por una parte, el 15 de noviembre Diego López de Zúñiga traspasa la villa de La Algaba a Elvira de Zúñiga, con motivo del pleito que los hijos del I conde de Niebla habían iniciado para recuperar la dicha villa. La sentencia de este pleito establecía que la cesión y traspaso de Juan Gómez a Diego no era válida. Aunque, en un primer momento, Diego apeló, después se apartó del pleito, alegando que él era el legítimo poseedor como tutor de Elvira antes del traspaso y de la venta en pública almoneda, por lo que ofrece la dicha posesión a su sobrina [sic], que accede a tomarla. Al día siguiente, Diego otorga licencia, como tutor, a favor de Elvira para que vendiese La Algaba y el Vado de las Estacas a Lope Ortiz de Zúñiga, Guarda Mayor del Rey y Alcalde Mayor de Sevilla, por 17.000 doblas. El 17 de noviembre se efectúa la compraventa otorgada por Elvira a favor de Lope, del lugar de La Algaba, que como heredera de sus padres tiene facultad para vender. En este día, 17 de noviembre, se encuentran datados varios documentos, la compraventa, que ya se ha indicado, y otros más: una carta misiva de Elvira de Zúñiga a Juan González de Albarenga, alcaide de La Algaba, informándole de la venta de la dicha villa a Lope Ortiz y dándole poder para que la entregue a éste; una carta de poder de Lope Ortiz a favor de Juan González de Albarenga y de Juan Romero, para que, en su nombre, tomen posesión de La Algaba, tras la venta que de ella hizo Elvira de Zúñiga; una carta de compraventa otorgada por Lope a favor de Diego del lugar de La Algaba por 17.000 doblas; y una carta de poder de Diego López de Zúñiga a favor de Juan González de Albarenga, para que en su nombre continúe en la posesión de La Algaba, tras el traspaso que de ella le hizo Lope Ortiz. Al año siguiente, el 30 de abril, Diego toma, nuevamente, posesión de la villa. De este modo, Diego López de Zúñiga se convierte en señor de La Algaba, tras el traspaso del año 1408.
Entre los años 1410 y 1412 hay un vacío documental, aunque se supone que la villa permaneció en poder del señor de Béjar. Es el año 1413 el que, de nuevo, muestra cambios en la posesión de la villa. El 20 de octubre Diego otorga una escritura de compraventa y traspaso a favor de Elvira del lugar de La Algaba por cuantía de 17.000 doblas. El motivo de la venta es la petición de Elvira y su marido, Juan de Mendoza. Posteriormente, el 26 de diciembre, Elvira otorga carta de poder a favor de Antón Sánchez de Liñana y de Alfonso de Cáceres, para que en su nombre tomen la posesión de La Algaba, en virtud de una escritura de traspaso otorgada por su tío [sic]. Al día siguiente, Diego envió una carta al Concejo de La Algaba comunicando el traspaso de la villa a Elvira y mandando que la acepten como señora de la misma. De nuevo, el 18 de febrero de 1409, Elvira toma posesión de la villa.
Sin embargo, tras la muerte de Elvira de Zúñiga, probablemente en el mes de agosto del año 1414, la villa volvió a Diego López de Zúñiga. El 25 de agosto Diego envió una carta al Concejo de La Algaba informando que, tras el fallecimiento de Elvira de Zúñiga, él es el heredero de dicho lugar, y manda al Alcalde Juan Esteban que tome posesión de la dicha villa en su nombre. Con fecha de 30 de agosto hay una carta de poder otorgada por Diego López de Zúñiga a Juan Esteban, para que en su nombre y como heredero de su sobrina, Elvira de Zúñiga, tome posesión del lugar de La Algaba. Finalmente el 6 de septiembre, Juan Esteban toma posesión de La Algaba, en nombre de Diego, como heredero de Elvira de Zúñiga, “señora que fue de dicho lugar” [sic] .
Por su parte, el sucesor en el Condado de Niebla, Enrique Pérez de Guzmán el Bueno Castilla, considera que La Algaba es posesión de su Casa y toma posesión de ella el 8 de marzo de 1417. El día 16 vuelve a tomar posesión por la fuerza. Al mes siguiente, otorga una carta de donación , con fecha 10 de abril de 1417, a favor de Juan, Obispo de Ambrona, de los lugares de La Algaba (Sevilla) y Alaraz, una aldea cercana. El mismo día el mencionado obispo toma posesión.
Ante esta superposición de señores, Diego y Juan, Obispo de Ambrona, la reina Catalina de Lancaster, tutora de Juan II, expide, el 10 de mayo de 1417, una provisión real mandando a Enrique y al Obispo de Ambrona, que desocupen La Algaba, por ser posesión de Diego López de Zúñiga. El día 31 del mismo mes el corregidor de Sevilla y maestre de Calatrava manda a Diego Fernández de Villareal, Adelantado, en lugar de Pedro Afán de Ribera, Adelantado Mayor de la Frontera, que entregue a Diego el lugar de La Algaba, ocupado por Enrique, según una provisión real de Juan II que lo ordena. De este modo, el 2 de junio Juan Romero toma posesión de La Algaba y Alaraz, en nombre de Diego.
Ante la situación inestable de La Algaba, el 19 de julio Diego otorga una carta de donación a favor de su hijo Pedro López de Zúñiga de dicho lugar con Alaraz y sus términos. En 1417 fallece el I señor de Béjar, no sin antes dejar unas cláusulas en un codicilio donde funda mayorazgo a favor de su hijo Pedro, incluyendo entre varias posesiones el lugar de La Algaba. Tras la donación, Pedro otorga una carta de poder a favor de Salvador Sánchez de Zafra, de Alfonso de Estebañez y de Alfonso Díaz de Villacreces, para que puedan tomar posesión del lugar de La Algaba y Alaraz, una vez fallecido su padre (Diego). El 20 de octubre del mismo año otorgó otra carta de poder a favor de Juan Romero y Alfonso Díaz de Villacreces, escuderos de Diego de Zúñiga, con el mismo objetivo que la anterior. La toma de posesión de La Algaba fue efectiva el 29 de octubre.
Respecto a los herederos del I conde de Niebla, seguían reclamando como suyos los lugares de La Algaba y Alaraz. De hecho, los hermanos Juan de Guzmán y Enrique, II conde de Niebla, para terminar con los pleitos que les enfrentaba por la herencia de su padre, llegaron a un acuerdo el 4 de enero de 1418, por el cual, Enrique dio a su hermano 15.000 doblas de oro moriscas, y a cambio, Juan renunciaba a favor de Enrique el derecho que pudiera tener sobre La Algaba y Alaraz, con su jurisdicción y señorío. Años después, en 1426, dicha escritura de traspaso será ratificada, ya que Juan era menor de 25 años.
El 24 de abril de 1419 el II conde de Niebla toma posesión por la fuerza, con otros caballeros y escuderos, de La Algaba, a pesar de las protestas del alcaide que defiende a Pedro como verdadero poseedor. La razón que alega el Conde de Niebla para ocupar dicho lugar es el mandamiento de Pedro González de Medina, tesorero y canónigo de la Iglesia de Sevilla y Juez y Conservador del Papa, que le ha amenazado con la excomunión si no restituye en la posesión a Juan, Obispo de Ambrona. En ese mismo día, hay un testimonio notarial, solicitado por Alfonso Díaz de Villacreces, alcaide de la villa, que certifica que Pedro de Zúñiga tomó posesión el 7 de agosto de 1417 y continúa en ella, tomando de nuevo posesión el día 24. Ante esta situación, Pedro se reúne en Béjar, el 6 de junio del mismo año, con parientes, amigos y otros caballeros, con la intención de solicitar su ayuda para acudir a la defensa de La Algaba, que ha tomado por la fuerza Enrique. Algunos se niegan a acudir alegando que han recibido cartas del Rey, por las cuales se ordena que no acudan con Pedro a la defensa de dicho lugar porque si lo hacen serán castigados con diversas penas. Otros, a pesar de las amenazas reales, ofrecen su apoyo.
A continuación, lo que muestra la documentación es un pleito por la posesión de La Algaba y Alaraz entre Pedro López de Zúñiga y Enrique, II conde de Niebla, que defiende la posesión de Juan, Obispo de Ambrona. Dicho pleito finaliza con dos documentos de índole eclesiástica. Por una lado, una Carta Ejecutoria de Martín V, datada el 2 de octubre de 1420, mandando a Enrique que cumpla la sentencia dada en el pleito y restituya la villa a Pedro y, por otro, una carta compulsoria de Jacobo de Camplo, obispo de Spoleto y oidor apostólico, datada el 2 de diciembre de 1420, cuyo objetivo es cumplir la ejecutoria anterior.
Según la documentación, el pleito entre las partes no debió acabar en 1420, sino que continuó. Así, en 1424, Juan II expidió una provisión real mandando a un regidor de Burgos que dejé de embargar las rentas de La Algaba y Alaraz, ya que según se explica el rey lo había mandado. No se sabe cuánto tiempo habían estado embargadas por el poder real.
El 22 de julio de 1424, Pedro de Zúñiga vuelve a tomar posesión de La Algaba y Alaraz, según una carta ejecutoria de Pedro, Obispo Ebetinense [sic], juez ejecutor nombrado por el Papa, y dos bulas, por las cuales Pedro debía ser restituido en sus posesiones y Juan, Obispo de Ambrona, era denominado intruso.
El 22 de febrero de 1431, el II conde de Niebla tomó posesión de La Algaba, en virtud de una sentencia del juez subejecutor Alfonso Martínez de Herrera, capellán de Sanlúcar de Barrameda. Sin embargo, el pleito continuó en Sevilla, a cargo del juez subejecutor Martín Fernández, prior del Monasterio de Santiago del Espada de Sevilla y subejecutor del Papa, entre 1431 y 1434. Este juez dio una sentencia favorable a Enrique, estableciendo que la carta de obligación (25/04/1396) otorgada por el I conde de Niebla a favor de Juan de Zúñiga, futuro marido de su hija Leonor, de 8.000 doblas en concepto de dote, aseguradas en la villa de La Algaba, no era lícita y, por tanto, se anulaba. Por ello, Pedro de Zúñiga debía entregar al II conde de Niebla los frutos y rentas que dicha villa hubiera producido desde que fue “suelto” [sic] el matrimonio de Juan y Leonor. Además, la villa debía ser restituida al Conde de Niebla. De este modo, el juez expidió, el 7 de marzo de 1431, una carta ejecutoria comunicando la sentencia a Pedro de Zúñiga y emplazándole a presentarse ante él. Además dicha sentencia debía publicarse en las puertas de la Iglesia mayor de Sevilla.
De nuevo intervino el poder real, esta vez representado por Álvaro de Luna, Condestable de Castilla, que mandó, a través del Halconero Mayor del Rey, una carta, con fecha de 28 de julio de 1431, al Concejo de La Algaba comunicando que las rentas generadas por la villa serían embargadas.
En virtud de la sentencia de 1431, Enrique tomó posesión de La Algaba el 8 de febrero de 1432. Ese mismo año, en el mes de marzo, Martín Fernández, subejecutor del Papa, expidió una carta de denuncia contra Pedro excomulgándole y mandando su publicación en la Catedral de Sevilla y en las iglesias y parroquias principales del reino de Castilla. Esta carta se expide porque se había dado un plazo a Pedro de 60 días para devolver las rentas de La Algaba y éste no se había presentado ni había hecho tal devolución. También le condenan a pagar 33.000 doblas de oro, cantidad correspondiente a lo que ha rentado La Algaba desde que fue disuelto el matrimonio de Juan y de Leonor, aunque hay que descontar 8.000 doblas, correspondientes a la dote de Leonor, por lo que el total sería 25.000. Después de cumplirse el plazo para que Pedro, ahora conde de Ledesma, devuelva los lugares de La Algaba y Alaraz, además, de los frutos que habían rentado dichas tierras, el Conde de Niebla pide carta de anatema. El juez subejecutor, Martín Fernández, se retira del proceso, alegando que el Rey se lo ha pedido y que no puede responder con sus bienes a las costas del juicio, tras ser amenazado por el conde de Niebla. Se nombró un nuevo subejecutor, Pedro Fernández de Mendoza, Arcediano de Trastámara, que también se retiró del proceso. De nuevo, se nombró a otro juez, llamado Antonio García, canónigo de la Iglesia de Sevilla.
Tres años después, el 20 de octubre de 1435, ambos condes otorgan una carta de compromiso ante el Condestable Álvaro de Luna y los doctores Pedro Yáñez de Ulloa y Diego Rodríguez, oidores de la audiencia del Rey y de su consejo, dándose un plazo de seis meses, antes de continuar los pleitos.
En 1440, Juan II cambió a Juan Alonso Pérez de Guzmán, III Conde de Niebla, el señorío de La Algaba, Alaraz y El Vado de las Estacas por Medina-Sidonia, convirtiéndose en I duque de Medina-Sidonia.
En 1455 Álvaro López de Zúñiga Guzmán otorga un censo a favor de un particular sobre ciertas heredades que se encontraban en La Algaba. A partir de aquí, la documentación muestra los pleitos entre los Duques de Béjar y los Marqueses de La Algaba, que se convierten en censatarios, por la posesión de dichas heredades, en primer lugar, y, posteriormente, por el impago de dicho censo.

Valoración, Selección, Eliminación:

Documentación con valor histórico permanente.

Nuevos Ingresos:

0

Organización Contenidos:

Organizado de acuerdo al Cuadro de Clasificación para Archivos Nobiliarios de La Sección Nobleza del AHN (Madrid, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2000), que se divide en las siguientes Secciones:

SECCIÓN 1- GENEALOGÍA, TÍTULOS Y MAYORAZGOS.
SECCIÓN 2- JURISDICCIÓN SEÑORIAL.
SECCIÓN 3- PATRIMONIO.
SECCIÓN 4- ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES.
SECCIÓN 5- PERSONAL.
SECCIÓN 6- PERSONAL: FUNCIONES DESEMPEÑADAS
SECCIÓN 7- PATRONATO DE OBRAS PÍAS
SECCIÓN 8- COLECCIONES
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