Libros registro
1771 - 1862
Serie
ES./2.3.1
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Contaduría de Hipotecas del Partido de Salvatierra (Álava, España)
En el texto del asiento se hace constar: fecha de la escritura, escribano que la autorizó, nombre de los otorgantes, clase del contrato u obligación, linderos de la finca y cargas que le afectan. Los asientos van fechados en el lugar cabeza de partido o de jurisdicción donde estaba establecido el Oficio de Hipotecas y firmados por el escribano mayor de ayuntamiento, que hacía constar estar conforme la toma de razón con la escritura presentada. Con las reformas de 1829 y 1845 se toma razón de todas las traslaciones de dominio de bienes inmuebles pero la forma de llevar los libros registro no cambia.
Los libros registro registran escrituras notariales lo que determina la veracidad de estos datos para el estudio de la propiedad urbana y rural; además, pueden ser un elemento auxiliar en la localización de escrituras notariales.
Los libros registro de los pueblos del partido de Salvatierra adjuntan un cuadernillo anexo con los Índices de fincas y personas; cuando el Libro se hace para todo el partido no hay cuadernillo anexo y los Índices se conservan en un Libro independiente (Sign. CON,000424)
Los libros se llevan a veces por pueblos separados y otras por cuadrillas o Hermandades, que comprenden varios pueblos, ya que éstas eran las divisiones administrativas tradicionales en Álava.
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Como excepción a la regla general, en Álava no se emplea el papel sellado por su condición de provincia exenta.
Bueno
El estado de conservación es, en general, bastante aceptable. Las excepciones a esta regla general se detallan en las fichas descriptivas correspondientes.
De la mayoría de los actos inscritos puede encontrarse la escritura original en el Protocolo notarial correspondiente, ya que las inscripciones se hacían a partir de la escritura notarial original otorgada por el escribano (que hacía constar en la misma la obligación de presentarla ante el Oficio de Hipotecas) o, en su defecto, de copia sacada con autoridad de juez competente; una vez inscrita, la toma de razón puede hacerse constar en el protocolo.
- Rivas Palá, María: "Los Libros de Registro de las antiguas Contadurías de hipotecas" en Boletín de Anabad. Año XXVIII, nº 1
- Rivas Palá, María: "Fondos de Registros de la Propiedad en los Archivos Históricos provinciales". Boletín de Anabad, XXXII (1982), nº 1 y 2
- Alvarez Coca, Mª Jesús: "La Fé pública en España. Registros y Notarías. Sus Fondos. Organización y Descripción" Boletín de Anabad, XXXVII (1987), nº 1 y 2
Todos los libros registro están sellados en su primera hoja con un sello de tampón verde del Oficio de hipotecas del partido de Salvatierra; sin embargo los folios y las diligencias de cierre, tal y como prescribía la Ley Hipotecaria, están sellados con el sello del Juzgado de Primera Instancia del partido de Vitoria, ya que desde 1862 el partido de Salvatierra desaparece integrándose en el partido judicial de Vitoria.