Real Orden disponiendo que para viajar a Ultramar sólo se necesitará cédula de empadronamiento y no pasaporte

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Real Orden disponiendo que para viajar a Ultramar sólo se necesitará cédula de empadronamiento y no pasaporte

Signatura:

ULTRAMAR,4785,Exp.20    [Signaturas anteriores]

Fecha Formación:

1872

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,4785,Exp.20

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

De Real Orden comunicada por el ministro de la Gobernación del Reino, se traslada al de Ultramar la Circular que se dirige a los gobernadores de las provincias, disponiendo que las personas que embarquen con destino a Ultramar, no necesitarán pasaporte, sino sólo la cédula de empadronamiento, salvo en los casos previstos en el artículo 3º del Real Decreto de 17 de diciembre de 1862 que suprimía el sistema de pasaportes.

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

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Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

 Notas

Notas:

Expediente registrado en el año 1880 con el nº 258

Soporte y Volumen

3 Documento(s) .